T-442 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Campo Borocuara Enriqueta·Respondent Unidad Administrativa Especial De Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas -Uariv-
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Respuesta oportuna, completa y de fondo
- Definición
- Aplicación de enfoque diferencial o étnico
- Exigencia deberá ser ponderada caso por caso cuando se trate de miembros de comunidades indígenas
- Alcance y contenido
- Documento que se requiere para probar el parentesco
- No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora alegó que la UARIV vulneró su derecho fundamental de petición, al no dar respuesta de fondo a la solicitud que presentó en relación con la dificultad que enfrentaba para aportar la prueba exigida en orden a acceder a la indemnización administrativa por el hecho victimizante de la desaparición forzada de su hijo, ocurrida con ocasión del conflicto armado.
Se reitera jurisprudencia en torno al contenido y alcance del derecho de petición y se analiza el tema del derecho de las víctimas a la reparación mediante la indemnización administrativa.
En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento del fallecimiento de la promotora de la acción y, por tanto, considero procedente declarar la ocurrencia de una carencia actual de objeto en la modalidad de SITUACIÓN SOBREVINIENTE.
No obstante, la Corte constató que, al no absolver de manera clara y de fondo los planteamientos formulados por la ciudadana dirigidos a dispensarla de acreditar el parentesco con su desaparecido hijo mediante el registro civil –puesto que jamás efectuó ese procedimiento en razón a los usos y costumbres de su comunidad y a la distancia entre su cabildo y la registraduría más cercana–, la accionada desconoció el derecho de petición de la accionante y, por contera, obstaculizó su acceso a la reparación en su condición de víctima del conflicto armado.
Adicionalmente, comprobó que el juez de instancia incurrió en error al declarar que existió un hecho superado, pues no efectuó una correcta y completa interpretación de la demanda y, bajo ese sesgo, omitió pronunciarse sobre el objeto real de la acción de tutela.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el trámite de revisión del expediente de tutela con radicación T-8.490.712.
- Segundo. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia del 30 de septiembre del 2021, por la cual el Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá declaró la carencia actual de objeto por hecho superado dentro de la acción de tutela promovida por Enriqueta Campo de Borocuara contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas -UARIV-, en el sentido de DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por configurarse una situación sobreviniente, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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