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Tutela ruling (T)August 20, 2019

T-375 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Maria Carlina Ortega Alegria·Respondent Tribunal Administrativo Del Quindio

✓
Topic · hard data
Tutela Contra Providencia Judicial En Accion De Reparacion Directa. Procedencia Por Defecto Factico. Insuficiente Valoración Probatoria.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Imparcialidad Judicial
  • Se predica del derecho de igualdad de todas las personas ante la ley
  • Asunto no solo de índole moral y ética sino también de responsabilidad judicial
Ejecuciones Extrajudiciales
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado sobre la prueba indiciaria
Derecho A La Practica De Pruebas
  • Rechazo de una prueba que legalmente sea conducente, constituye una violación del derecho de defensa y del debido proceso
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por defecto fáctico al no valorar pruebas en proceso de reparación directa por ejecuciones extrajudiciales-falsos positivos-
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se ataca la decisión judicial de segunda instancia proferida al interior de un proceso de reparación directa instaurado en contra de la Nación/Ministerio de Defensa/Ejército Nacional, con ocasión de la muerte de un familiar de los accionantes por una actuación de un integrante de la Fuerza Pública, según los peticionarios, mediante una ejecución extrajudicial o falso positivo.

En dicha providencia se revocó la decisión de primera instancia y, en consecuencia, se negó las pretensiones de la demanda.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Causales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.

Las causales de procedencia denominadas defecto fáctico y desconocimiento del precedente.

La Corte concluyó que la autoridad judicial demandada incurrió en evidente defecto fáctico en su dimensión negativa, por omisión en la práctica de pruebas, así mismo, en violación directa de la Constitución, por no haber dirigido el debate probatorio de manera imparcial, cuando sin justificación alguna, dejó de valorar declaraciones de algunas personas, las cuales podrían haber determinado la solución de la controversia de la reparación directa.

Por último consideró la Sala, que también se incurrió en el defecto del desconocimiento del precedente judicial que se ha mantenido en torno al poder que tiene la prueba de indicio en la acreditación de los hechos en los casos en los que se discutan eventuales graves violaciones a los derechos humanos.

Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos el fallo cuestionado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce del derecho tutelado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de segunda instancia dictada por la Seccion Quinta de Decision de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, con fecha del diecinueve (19) de septiembre de 2018, radicacion numero 11001-03-15-000-2017-02658-01, asi como la sentencia de primera instancia dictada por la Seccion Cuarta de Decision de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, con fecha del quince (15) de enero de 2018, radicacion numero 11001-03-15-000-2017-02658-00, dentro de la accion de tutela presentada por Maria Carlina Ortega Alegria y otros contra la Sala Segunda de Decision del Tribunal Administrativo del Quindio. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de los accionantes.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia de segunda instancia dictada por la Sala Segunda de Decision del Tribunal Administrativo del Quindio, con fecha del ocho (8) de junio de 2017, Proceso 63001-3331-002-2008-00990-00, dentro de la accion de reparacion directa presentada por Maria Carlina Alegria y otros contra la Nacion-Ministerio de Defensa - Ejercito Nacional.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Procuraduria Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, remita a la Sala Segunda de Decision del Tribunal Administrativo del Quindio la copia integra del proceso disciplinario iniciado por la Procuraduria Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos en el que se denuncia a miembros del Ejercito Nacional por violacion al derecho internacional humanitario en el homicidio de EIDER ALEGRIA ORTEGA.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Sala Segunda de Decision del Tribunal Administrativo del Quindio que, dentro de los diez (10) dias siguientes a que reciba de la Procuraduria Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos la copia integra del proceso disciplinario iniciado por la Procuraduria Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos en el que se denuncia a miembros del Ejercito Nacional por violacion al derecho internacional humanitario en el homicidio de EIDER ALEGRIA ORTEGA, dicte nueva sentencia de segunda instancia dentro de la accion de reparacion directa presentada por Maria Carlina Alegria y otros contra la Nacion-Ministerio de Defensa - Ejercito Nacional, en la que atienda lo senalado en esta providencia, particularmente en lo que se dijo bajo los distintos puntos del numeral 3.3. de la seccion III de esta sentencia.
  5. QUINTO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes -a traves del Juzgado
  6. Tercero. Administrativo del Circuito de Armenia, Quindio; juzgado este que, con las notificaciones del caso, debe enviar a la autoridad demandada el expediente que corresponde a la reparacion directa adelantada por Maria Carlina Ortega de Alegria y otros contra la Nacion-Ministerio de Defensa - Ejercito Nacional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.