T-248 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Jose Heriberto Builes Cano Vs. Dirección De Salud De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Nieto en representación de abuelo
- Atención en caso de traslado de residencia a otro municipio
- Procedimiento a seguir en caso de traslado de residencia a otro municipio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida digna la igualdad y la seguridad social de beneficiario del regimen subsidiado que por razon de una caida se le ordeno evaluación para cirugia en mano derecha que la entidad se niega a autorizar.
Solicita se autorice la evaluacion ordenada.
Legitimacion para ejercer la accion de tutela como agente oficioso.
El regimen subsidiado en salud y la prestación del servicio en caso de traslados residenciales.
Es cierto que quien traslada su lugar de residencia de una municipalidad a otra debe someterse nuevamente al proceso previsto para la población asegurada bajo dicho regimen ya que con este procedimiento se pretende prestar el servicio de salud en condiciones de igualdad y segun disponibilidad de recursos que garanticen la estabilidad financiera de cada entidad territorial.
Concedida transitoriamente
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado 10deg de Familia de Medellin, y en su lugar CONCEDER el amparo constitucional solicitado por Jose Heriberto Builes Cano, en representacion de Lisandro Builes Rodriguez.
- Segundo. ORDENAR que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia la ARS COOSALUD preste al accionante el servicio integral de ortopedia y traumatologia por la dolencia que padece en su mano derecha, teniendo derecho al reembolso de lo gastado en cumplimiento de la orden emitida por esta Sala con cargo al Fondo de Solidaridad Social en Salud FOSYGA.
- Tercero. PREVENIR al accionante para que en el municipio donde actualmente reside adelante nuevamente el proceso de identificacion, seleccion y afiliacion ante el servicio seccional de salud, en los terminos del Acuerdo 344 de 2003 del CNSSS.
- Cuarto. Por Secretaria General LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.