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Tutela ruling (T)August 18, 2000

T-1099 de 2000

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Martínez Caballero

✓Claimant Jose Manuel Quintero Ovalle Vs. Empresa De Servicios Publicos De Villanueva (Guajira).

✓
Topic · hard data
Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Pensiónales. Procedencia Excepcional De La Tutela. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el fallo del 27 de enero de 2000 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo del Circuito de San Juan del César Guajira, en cuanto ordenó el pago de las mesadas pensionales actuales y futuras del peticionario, pero REVOCARLO en cuanto a que negó el pago de las mesadas pensionales dejadas de percibir. En su lugar, TUTELAR integralmente el derecho a la seguridad social en conexidad con el mínimo vital del peticionario. Por consiguiente, ORDENAR a la Empresa de Servicios Públicos de Villanueva Guajira que en un término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia pague -si todavía no lo hubiere hecho- las mesadas pensionales adeudadas al peticionario. En caso de que demuestre que carece de esos recursos, la entidad accionada tendrá un término máximo de dos meses para conseguir los recursos económicos necesarios, y deberá pagar las sumas adeudadas en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a haber obtenido esos recursos.
  3. SEGUNDO. PREVENIR a la entidad accionanda para que se apresten a cumplir lo señalado en este fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que en lo sucesivo no repita la omisión que dio origen a la presente acción.
  4. TERCERO. Por Secretaría líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.