T-1060 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Luis Carlos Ferreira Sampedro Y Otros·Respondent Compensar E.P.S. Y Otras
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Casos en que varias EPS niegan el suministro de pañales desechables, enfermería 24 horas, cremas antiescaras, paños húmedos entre otros
- Orden a EPS suministro de pañales desechables, paños húmedos y crema antiescaras mensualmente
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Autorización servicio de atención domiciliaria de enfermería por 12 horas a enfermo de alzheimer, por estar incluida en el POS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Corte Constitucional le ordena a diferentes E.P.S. autorizar y suministrar a los actores atención domiciliaria por doce horas, al igual que entregar pañales desechables, crema antiescaras y paños húmedos durante el tiempo que sea necesario, los cuales habían sido denegados por dichas empresas con el argumento de ser servicios o elementos excluidos del POS.
Derecho fundamental a la salud tratándose de personas de la tercera edad y en condición de discapacidad.
Reiteración de jurisprudencia.
Prestación del servicio NO POS, específicamente en lo concerniente al suministro de pañales para personas merecedoras de especial protección.
CONCEDIDAS.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (15 points)
- Primero. REVOCAR parcialmente la decisión adoptada el día trece (13) de julio de dos mil doce (2012) por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, que a su vez confirmó la sentencia proferida el día veintitrés (23) de mayo de dos mil doce (2012) por el Juzgado Cincuenta y Seis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, y en consecuencia:
- a. ORDENAR a Compensar EPS, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, autorice y entregue al señor Luis Carlos Ferreira Sampedro, atención domiciliaria doce (12) horas, durante el tiempo que sea necesario.
- b. CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, en lo que respecta al suministro de pañales desechables.
- Segundo. REVOCAR el fallo proferido el diecisiete (17) de mayo de 2012 por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Bucaramanga, para en su lugar:
- a. ORDENAR a Suramericana EPS, que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre mensualmente a Pedro Agustín Jaimes Rodríguez, pañales desechables talla L, dos (2) potes de crema antiescaras y paños húmedos, durante el tiempo que sea necesario.
- Tercero. REVOCAR parcialmente el fallo proferido el veintidós (22) de junio de dos mil doce por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Neiva y en su lugar:
- a. ORDENAR a Asmet Salud EPS que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre al señor Policarpo Ibarra Artunduaga pañales desechables durante el tiempo que sea necesario.
- b. CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Neiva con respecto a la entrega del suplemento vitamínico tipo ensure.
- Cuarto. REVOCAR parcialmente el fallo proferido el veintinueve (29) de junio de dos mil doce (2012) por el Juzgado Treinta y Cinco (35) Civil del Circuito de Bogotá que, a su vez, confirmó la sentencia del veintidós (22) de mayo de 2012 proferida por el Juzgado Cuarenta y Ocho (48) Civil Municipal y en su lugar:
- a.- ORDENAR a Salud Total EPS -ARS que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre a Cristhian David Espitia pañales desechables y paños húmedos durante el tiempo que sea necesario.
- b.- CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado 35 Civil del Circuito de Bogotá, en lo que respecta a la entrega de silla de ruedas, tratamiento multidisciplinario domiciliario y colchón antiescaras.
- Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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