SU- de 1997
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Claimant Delfina Carrascal Sandoval Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Colaboración armónica con órganos del Estado
- Redistribución de docentes oficiales de acuerdo con las necesidades del servicio
- Notificación y requerimiento por violación de la Constitución
- Inequitativa distribución entre los departamentos y para con sus municipios
- Criterio que debe regir proceso de distribución
- Redistribución de docentes oficiales de acuerdo con las necesidades del servicio
- Notificación de irregularidad a las autoridades públicas y efectos
- Armonización
- Prevalencia
- Deber de afiliación
- Discrecionalidad limitada de la administración para modificar sitio de trabajo de docentes
- Prestación a nivel nacional
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E
- Primero. DECLARAR que el estado de cosas que origino las acciones de tutela materia de esta revision no se aviene a la Constitucion Politica, por las razones expuestas en esta providencia. Como, al parecer, la situacion descrita se presenta en muchos municipios, se advierte a las autoridades competentes que tal estado de cosas debera corregirse dentro del marco de las funciones que a ellas atribuye la ley, en un termino que sea razonable.
- Segundo. ORDENAR que para los efectos del numeral
- primero. se envie copia de esta sentencia al Ministro de Educacion, al Ministro de Hacienda y Credito Publico, al Director del Departamento Nacional de Planeacion y a los demas miembros del CONPES Social; a los Gobernadores y las Asambleas Departamentales; y a los Alcaldes y los Concejos Municipales.
- Tercero. En consecuencia, REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Cartagena y por el Juzgado Civil del Circuito de Carmen de Bolivar, los dias 28 y 30 de octubre de 1996, respectivamente. En su lugar, se CONCEDE a los demandantes la tutela de su derecho a la igualdad. En consecuencia, los municipios demandados deberan, dentro del ano siguiente a partir del
- primero. (1o) de enero de 1998, adelantar y culminar el tramite de afiliacion de los actores al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
- Cuarto. Para lo de su competencia, enviar copia de esta sentencia al Procurador General de la Nacion, al Defensor del Pueblo y al Contralor General de la Republica.
- Quinto. Librense por Secretaria las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, y todas las demas comunicaciones que sean necesarias para dar efectivo cumplimiento a este fallo.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.