SU- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Victor Alfonso Santos Ospina Y Otro·Respondent Sala De Definiciones De Situaciones Juridicas De La Jep
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia de mora judicial injustificada frente a la solicitud de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz
- Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para establecer la razonabilidad del plazo
- Caso en que la tardanza para decidir las solicitudes de sometimiento a la JEP, por parte de las Salas Definición de Situaciones Jurídicas, subyace a un problema estructural de alto volumen de trabajo y de congestión judicial
- Circunstancias en que se encuentra justificado el incumplimiento de los términos
- Circunstancias en que se presenta
- Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
- Procedencia excepcional
- Reiteración Reglas SU333/20
- Reiteración de jurisprudencia
- Procedimiento común que ha de surtir la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas
- Sometimiento de terceros y de agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública
- Criterios de selección y priorización como herramientas de investigación en escenarios de justicia transicional
- Término para decidir las solicitudes de sometimiento
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En dos acciones de tutela formulada de manera independiente los actores aducen que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz vulneró sus derechos fundamentales, a raíz de la falta de respuesta a las solicitudes que formularon para que dicha jurisdicción asumiera el conocimiento de sus casos y les concediera el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La mora judicial y, 2º.
La afectación de los derechos constitucionales fundamentales de acceso a la administración de justicia y el debido proceso.
En un asunto se declara la carencia actual de objeto por hecho superado y, en el otro, se confirma la decisión de instancia que negó el amparo invocado.
Pese a lo anterior, la Corte exhortó al Órgano de Gobierno de la JEP para que, conforme al Reglamento vigente, mantenga la vigilancia y evaluación periódica de las medidas de descongestión, y cada seis meses, en cuanto sea conveniente o necesario, ajuste los planes adelantados por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas con el fin de garantizar que se apliquen y profundicen los mecanismos que evidencien mejores resultados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 5 de julio de 2019, proferida en unica instancia, por la Sub Seccion Tercera de la Seccion de Revision del Tribunal para la Paz, que NEGO el amparo a los derechos de peticion, al debido proceso y acceso a la administracion de justicia, invocados por Victor Alfonso Santos Ospina dentro del expediente T-7.694.358. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia del 12 de marzo de 2019, proferida en unica instancia, por la Subseccion Primera de la Seccion de Revision del Tribunal para la Paz, que NEGO el amparo del derecho al debido proceso y a la administracion de justicia solicitado por Roman Aristizabal Vasco dentro del expediente T-7.694.360.
- TERCERO. EXHORTAR al Organo de Gobierno de la JEP para que, conforme al Reglamento vigente, mantenga la vigilancia y evaluacion periodica de las medidas de descongestion, y cada seis meses, en cuanto sea conveniente o necesario, ajuste los planes adelantados por la Sala de Definicion de Situaciones Juridicas con el fin de garantizar que se apliquen y profundicen los mecanismos que evidencien mejores resultados.
- CUARTO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.