C-796 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio Barrera Carbonell
✓Claimant Juan De Dios Bravo Gonzalez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- El objeto no se puede excusar en error del contribuyente
- Derecho del contribuyente si pagó un valor superior
- Vulneración del derecho de propiedad del contribuyente
- Objeto
- Concepto
- Tarifa para vehículo campero
- Vulneración en materia tributaria
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el aparte final del parágrafo 1º del artículo 47 de la Ley 488 de 1998, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las entidades territoriales.
Para el actor, el aparte normativo acusado viola los artículos 13, 95-9, 338 y 363 de la Constitución Política.
La Corte analizó si la norma censurada quebrantaba los principios de legalidad e irretroactividad del sistema tributario que consagra la Carta y si podía, válidamente el legislador, prohibir el derecho al reintegro de lo que el contribuyente pagó en exceso por el IVA en la adquisición o importación de vehículos camperos.
Tras concluir que los responsables del IVA únicamente están obligados a asumir el pago del valor que le corresponde de acuerdo con la tarifa vigente en la fecha de la respectiva operación, la Corte declaró INEXEQUIBLE la frase "Cuando los responsables hayan liquidado y cobrado una tarifa superior a la vigente del veinte por ciento (20%), no habrá lugar a la devolución de impuestos".
What it decided
Holdings on Ley 488/88. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE el aparte final del parágrafo del artículo 47 de la ley 488 de 1988, cuyo texto dice: "Cuando los responsables hayan liquidado y cobrado una tarifa superior a la vigente del veinte por ciento (20%), no habrá lugar a la devolución de impuestos".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.