C-789 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Alvaro Diazgranados De Pablo·Respondent Ley 420 De 1998, Artículo 1 (Parcial)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Doble naturaleza
- Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
- Carácter permanente
- Factor salarial para el reconocimiento de la pensión
- Reiteración de jurisprudencia
- Bonificación por compensación como factor salarial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 1º (parcial) de la Ley 420 de 1998.
Por la cual se adicionan unos artículos de los decretos-leyes 1211, 1212, 1213 de 1990 y del decreto 1091 de 1995.
Para el actor, el aparte demandado estableció que si la bonificación por compensación se llegara a incorporar en las asignaciones básicas del personal en servicio activo de la Fuerza Pública, tendría el mismo comportamiento en el momento de liquidar las asignaciones de retiro y pensiones y en tal sentido, al efectuarse el retiro de la respectiva fuerza, desaparecería la figura de la bonificación por compensación, quebrantando los principios del Estado Social de Derecho.
Para la Corte, el artículo 1º de la Ley 420 de 1998, amplía el ámbito de la protección de los miembros de la Fuerza Pública que se encuentren en servicio activo, como también de quienes estando retirados del servicio hayan sido beneficiados con el reconocimiento de asignación de retiro o pensión de jubilación, confiriéndole carácter salarial a la Bonificación por Compensación que se reconoció al personal de la Fuerza Pública en servicio activo, con el fin de que la misma se pueda computar para efectos de la liquidación de las prestaciones sociales periódicas de dicho personal, lo que se extiende al personal retirado con pensión o asignación de retiro, de manera que la Bonificación pasó a ser un factor salarial permanente y periódico que amplía la base de liquidación de las asignaciones de retiro y pensionales, lo que para la Corte, en nada desconoce los postulados del Estado social de derecho, pues aumenta los beneficios laborales, sin trasgresión del principio de progresividad y sin atentar contra los derechos adquiridos por los destinatarios de la norma.
Se declaran EXEQUIBLES por los cargos analizados, las expresiones “y por tanto desaparecerá como bonificación” contenidas en el artículo 1º de la Ley 420 de 1998.
What it decided
Holdings on Ley 420/98. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados en esta providencia, las expresiones "y por tanto desaparecera como bonificacion", contenidas en el articulo 1o de la Ley 420 de 1998.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.