C-334 de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Julio Cesar Ortiz Gutiérrez
✓Claimant Arturo Besada Lombana
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jefe de oficina
- Subdirector de servicios administrativos
- Subdirector financiero
- Naturaleza del cargo
- Jefe de control interno
- Jefe de oficina de planeación
- Jefe de oficina de prensa
- Cargos de carrera
- Excepciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los arts. 135, 136, 137 y 180 (todos parciales) de la Ley 201 de 1995, “Por la cual se establece la estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación, y se dictan otras disposiciones”.
El actor señaló que la norma demandada viola los arts. 125, 278 inciso 6 y 279 de la Constitución Política.
La Corte señaló que el legislador no puede desvirtuar la esencia de la gestión de personal del Estado, por lo cual no es admisible que incluya empleos públicos en la categoría “libre nombramiento y remoción”, sin tener un principio de razón suficiente, pues desconoce la regla general del sistema de carrera administrativa impuesta por la propia Constitución.
Por ende, la Corte realizó un examen a los distintos cargos acusados, a fin de establecer en cada caso concreto, si la categoría “libre nombramiento y remoción” es admisible constitucionalmente.
La Sala Plena declaró exequibles las expresiones de los artículos 135, 137 y 180 de la Ley 201 de 1995; declaró exequibles algunas expresiones del literal a) del art. 136 de la Ley 201 de 1995 y otras inexequibles; declaró exequibles varias expresiones del literal b) del artículo 136 ibidem, y otras inexequibles; y declaró inexequible el parágrafo del artículo 12 de la Ley 201 de 1995.
What it decided
Holdings on Ley 201/95. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "De libre nombramiento y remoción" del artículo 135, y "La provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción se hará por nombramiento ordinario" de los artículosb 137 y 180 de la Ley 201 de 1995.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES las siguientes expresiones del literal a) del artículo 136 de la Ley 201 de 1995: "Viceprocurador General", "Secretario General", "Procurador Auxiliar", "Procurador Delegado", "agentes del ministerio público", "Director Nacional de Investigaciones Especiales", "Asesores del Despacho", "Veedor", "Secretario Privado", "Procurador Departamental", "Procurador Provincial", "Procurador Regional", "Procurador Distrital", "Procurador Metropolitano", "Jefe de Planeación", "Jefe de Control Interno", "Jefe de Oficina de Prensa", "El Jefe de la Sección de seguridad, los agentes adscritos al Despacho, y todos los servidores que tengan funciones de seguridad, cualquiera que sea la denominación del cargo", por las razones expuestas en esta sentencia.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLES las siguientes expresiones del literal b) del artículo 136 de la Ley 201 de 1995: "Secretario General", "Veedor", "Defensor Delegado", "Director Nacional", "Secretario Privado", por las razones expuestas en esta sentencia.
- Cuarto. Declarar INEXEQUIBLES las siguientes expresiones del literal a) del artículo 136 de la Ley 201 de 1995: "Director Ejecutivo del Instituto de Estudios del Ministerio Público", "y los demás empleos que integren la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales", por las razones expuestas en esta sentencia.
- Quinto. Declarar INEXEQUIBLES las siguientes expresiones del literal b) del artículo 136 de la Ley 201 de 1995: "Subdirector de Servicios Administrativos", "Subdirector Financiero", "Jefe de Oficina", por las razones expuestas en esta sentencia.
- Sexto. Declarar INEXEQUIBLE el parágrafo del artículo 12 de la Ley 201 de 1995.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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