C-200 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant David Castellanos Carreño·Respondent Ley 1474 De 2011, Articulo 7 Parcial.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Criterios que deben tenerse en cuenta
- Procedencia
- Jurisprudencia constitucional sobre su relación
- Presupone la previa delimitación de la intimidad del sujeto cuyos datos y hechos constituyen su objeto
- No están todas en el mismo radio de cercanía de la intimidad personal o familiar, ni el control del Estado sobre ellas debe ser idéntico
- Funciones
- Le corresponde cerciorarse de que las operaciones de una sociedad y su funcionamiento se ciñan a la normatividad
- Obligaciones en el ejercicio del cargo
- Improcedencia de invocar el secreto profesional, en relación con actos de corrupción de los que conozca en ejercicio de las funciones que le son inherentes
- Naturaleza
- Debe ser analizado a la luz de la cercanía de la profesión con la intimidad personal y de los fines del ejercicio de la misma
- Su alcance no puede ser excusa en el caso de los revisores fiscales para paralizar o suspender el deber constitucional que tiene todo ciudadano de colaborar con las autoridades
- Alcance
- Alcance en el caso de los contadores y revisores fiscales
- Implica la existencia de un derecho deber
- Naturaleza
- Principios que la rigen
- Regulación
- Relevancia de la función de dar fe pública
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Para efectos de análisis de extensión y alcance del secreto profesional, no puede ser la misma que se presenta en otros contextos
- Procedencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 7 (parcial) de la Ley 1474 de 2011, por medio del cual se adicionó un numeral 5 al artículo 26 de la ley 43 de 1990.
La norma acusada dispone que, cuando el contador se desempeñe como revisor fiscal, no procederá alegar la existencia del secreto profesional para exonerarse de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades, los actos de corrupción que haya encontrado en el ejercicio de su cargo.
A juicio del demandante, la disposición acusada desconoce los artículos 74 y 29 de la Constitución, en cuanto se contraviene lo dispuesto por el constituyente respecto a la inviolabilidad del secreto profesional y desconoce el debido proceso de los supuestos denunciados, en razón a que sin un procedimiento previo, se les imputaría la realización de un delito por parte del revisor fiscal.
La Sala no encuentra que el precepto demandado infrinja mandato constitucional alguno y en tal sentido declara su EXEQUIBILIDAD, por los cargos estudiados en la presente providencia. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 43/90. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la expresión "En relación con actos de corrupción no procederá el secreto profesional", contenida en el artículo 7 de la Ley 1474 de 2011, por los cargos estudiados en la presente providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.