C-188 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Alfredo Beltran Sierra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Diferenciación afecta derechos de las minorías
- Regulación diferenciada
- Clases
- Imposibilidad frente a diferencias que asignan características singulares de relevancia y trascendencia constitucional
- Aspectos en los que la regulación de las sociedades anónimas abiertas es diferente de las sociedades anónimas cerradas
- Elementos comunes
- Elementos que la diferencian
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 222 de 1995 articulo 68 (parcial).
Se modifica el libro ii del codigo de comercio, se expide un nuevo regimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones.
Regimen de sociedades.
Sociedad anonima.
Quorum y mayorias.<br>el actor fundamenta su demanda en el tratamiento distinto e injustificado que le otorga la ley a las dos clases de sociedades anonimas -aquellas que negocian sus acciones en el mercado publico de valores y aquellas que no lo hacen-, en lo atinente a la determinacion del quorum y las mayorias.
En efecto, arguye que la disposicion acusada otorga a las sociedades anonimas cerradas una facultad de la que priva a aquellas sociedades anonimas abiertas, a saber: Pactar quorum o mayorias superiores a las referidas en el articulo 68 de la ley 222 de 1995.<br>clases de sociedades anonimas.
Diferencias relevantes y constitucionalmente trascendentales.
La dificultad de exigir que clases de sociedades diversas deban ser reguladas por el mismo regimen.<br>la corte tiene en cuenta que el legislador, en ejercicio de su libertad de configuracion, puede crear nuevas formas asociativas o reformar las existentes, asignandoles diversos efectos y estableciendoles diversas caracteristicas.
Entonces, en razon a esa diferenciacion estructural que se da entre tales sociedades, resulta complejo e impracticable efectuar un juicio de igualdad.<br>exequible la expresion "en los estatutos de las sociedades que no negocien sus acciones en el mercado publico de valores, podra pactarse un quorum diferente o mayorias superiores a las indicadas" contenida en el articulo 68 de la ley 222 de 1995.
What it decided
Holdings on Ley 222/95. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, la expresión "en los estatutos de las sociedades que no negocien sus acciones en el mercado público de valores, podrá pactarse un quórum diferente o mayorías superiores a las indicadas", contenida en el artículo 68 de la Ley 222 de 1995.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.