DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2218 de 1950
por el cual se establece el nuevo Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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1Article 12De La Ley 90 Del Mismo Año, En Los Términos Establecidos Por El Artículo 16 Del Presente Decreto, En Cuanto Crean Y Organizan El Impuesto De Giros, Así Como Los Decretos Que Lo Reglamentan, Especialmente El Decreto 4139 De 19483Article 34Del Decreto Extraordinario 289 Del 2 De Febrero De 1950 Y Otras Disposiciones Análogas5Article 56Article 67Article 78Article 89De Este Mismo Decreto10Del Decreto 92 De 1932, Decretos 140 Del Mismo Año Y 1378 De 1933, Que Tratan De Impuestos De Consumo Sobre Cigarrillos Y Llantas Extranjeras; C) Artículo 7° Del Decreto 1300 De 193211Article 1112Article 1213Decreto 2336 De 195114Article 1415Para La Aplicación De La Presente Sanción Bastará El Informe Que Sobre El Particular Suministre La Oficina De Control De Precios16Article 1617Article 17
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Signatories
National Government
- Mariano Ospina PerezEl Presidente de la República de Colombia en uso de sus atribuciones constitucionales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministró de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Víctor G. RicardoEl Ministro del trabajo
- Jorge E. CavelierEl Ministro de Higiene
- César Tulio DelgadoEl Ministro de Comercio e Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcesEl Ministro de Educación Nacional
- General Gustavo Rojas PinillaEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Víctor Archila BriceloEl Ministro de Obras Públicas