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Article 9

De Este Mismo Decreto

Decreto 2218 de 1950 · por el cual se establece el nuevo Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo noveno. Desde la fecha del presente Decreto su-prímense todas las atribuciones consultivas, administrativas y arancelarias que ejercen en la actualidad el Tribunal de Aduanas y los Juzgados Distritales de Aduanas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de este mismo Decreto. En consecuencia, los organismos mencionados sólo tendrán en adelante, y mientras el Gobierno efectúa la reorganización prevista en el mencionado artículo, las funciones relativas a la jurisdicción penal para la represión del contrabando, y a la civil para establecer responsabilidades contractuales y extra-contractuales en materias aduaneras. Sin embargo, tales entidades seguirán conociendo hasta su resolución definitiva de todos los asuntos que se hallan actualmente a su estudio, así como de los que puedan suscitarse todavía en relación con la aplicación de la Tarifa de Aduanas que queda abrogada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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