T-976 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Julian Saltaren Rodriguez Y Otros·Respondent Ministerio De La Proteccion Social Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No vulneración por inexistencia de amenaza grave
- Casos en que alega vulneración al debido proceso y mínimo vital por expedición de resoluciones que dispusieron ajuste de mesada pensional
- Improcedencia por cuanto en los presentes casos se desconoce el principio de inmediatez, se constata la existencia de otros mecanismos de defensa y no se percibe perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Defensa, debido proceso administrativo, mínimo vital.
Se acumulan varios expedientes por unidad de materia.
Los accionantes fueron pensionados pro la extinta Empresa Puertos de Colombia, de acuerdo a los requisitos establecidos en la Convención de Trabajo vigente al momento de su desvinculación de la empresa.
De manera sorpresiva notaron que el valor de su mesada pensional fue disminuido, sin que mediara de por medio alguna notificación o comunicación sobre el hecho.
Frente al caso, elevaron derechos de petición al Ministerio de la Protección Social, el cual les respondió que, mediante acto administrativo se le había revocado las resoluciones que habían reconocido la mesada pensional, con fundamento en una decisión judicial que resolvió la situación jurídica del Ex director de Foncolpuertos.
Para la Sala, las solicitudes de amparo invocadas no cumplieron con el requisito de inmediatez, que permitía excepcionalmente avocar el estudio de fondo de la cuestión planteada, por lo que se declara la improcedencia de las acciones de tutela estudiadas
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Respecto del Expediente T-2.740.289: REVOCAR la Sentencia proferida el dieciocho (18) de mayo de 2010 por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, que tutelo el derecho al debido proceso en la accion de tutela promovida por JULIAN SALTAREN RODRIGUEZ, MANUEL GUERRERO ILLIDGE y MANUEL CORREA GALUE contra la NACION -MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, GRUPO INTERNO DE TRABAJO (GIT) PARA LA GESTION DEL PASIVO SOCIAL DE PUERTOS DE COLOMBIA, COORDINACION AREA DE PENSIONES; REVOCAR la sentencia proferida el
- primero. (1o) de julio de 2010 por la Sala de Decision en Tutela de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo integramente el mencionado fallo del 18 de mayo de 2010; en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela interpuesta por JULIAN SALTAREN RODRIGUEZ, MANUEL GUERRERO ILLIDGE y MANUEL CORREA GALUE contra la NACION -MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, GRUPO INTERNO DE TRABAJO (GIT) PARA LA GESTION DEL PASIVO SOCIAL DE PUERTOS DE COLOMBIA, COORDINACION AREA DE PENSIONES.
- Segundo. Respecto del expediente T-2.744.793: REVOCAR la sentencia proferida el once (11) de mayo de 2010 por la Sala Penal de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, que concedio la accion de tutela promovida por LACIDES ROBERTO BALLESTAS PACHECO, ALCIDES BOLANO OSPINO, JUAN MANJARREZ MEZA, JORGE ENRIQUE PENALOZA MENDOZA, LUIS ROMERO LOPEZ, ALFONSO PARDO MARTINEZ, VICTOR IGLESIAS MOZO, RAFAEL MARTINEZ FLORIN, ANTONIO MINDIOLA PERALTA y DADNADY JACOBY RAMIREZ, contra la NACION-MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, GRUPO INTERNO DE TRABAJO (GIT) PARA LA GESTION DEL PASIVO SOCIAL DE LA EMPRESA PUERTO DE COLOMBIA, COORDINACION AREA DE PENSIONES; REVOCAR la Sentencia proferida el seis (6) de julio de 2010 por la Sala de Decision de Tutelas de la Sala de Casacion Penal de Corte Suprema de Justicia que confirmo el mencionado fallo del 11 de mayo de 2010; en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela interpuesta por LACIDES ROBERTO BALLESTAS PACHECO, ALCIDES BOLANO OSPINO, JUAN MANJARREZ MEZA, JORGE ENRIQUE PENALOZA MENDOZA, LUIS ROMERO LOPEZ, ALFONSO PARDO MARTINEZ, VICTOR IGLESIAS MOZO, RAFAEL MARTINEZ FLORIN, ANTONIO MINDIOLA PERALTA y DADNADY JACOBY RAMIREZ, contra la NACION-MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, GRUPO INTERNO DE TRABAJO (GIT) PARA LA GESTION DEL PASIVO SOCIAL DE LA EMPRESA PUERTO DE COLOMBIA, COORDINACION AREA DE PENSIONES.
- Tercero. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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