T-957 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Galeno Ospina Y Cia S. En C. Y Otros·Respondent Juzgado Cuarto Civil Del Circuito De Bucaramanga, Secretaria De Gobierno De Bucaramanga, Inspector De Policia Urbano Comisorio 5 Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso, acceso a la administracion de justicia, defensa e igualdad de sujetos dentro de un proceso ejecutivo hipotecario que se adelanta en su contra y que, a su juicio, debio ser archivado en cumplimiento de lo dispuesto en la ley 546 de 1999. <br>existencia de temeridad en la presente accion.
Actuacion temeraria en sede de tutela.
Reiteracion jurisprudencial. <br>se constato la incidencia de todos los factores que hacen de una actuacion temeraria.
Por una parte, si bien no figuraban las mismas personas como demandantes, mediante ambas acciones se pretendia agenciar los intereses de las mismas personas; El sujeto pasivo es el mismo; Y es identico el nucleo del debate judicial.
Aunado a ello, no se alegaron motivos que justificaran el empleo de este mecanismo nuevamente. <br>negado
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el veinticinco (25) de marzo de 2008 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual ésta, a su vez, confirmó la sentencia de el siete (7) de febrero de 2008 en la cual la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga resolvió negar el amparo reclamado por la sociedad Galeano Ospina y Cía. S. en C y las señoras María Nelly Galeano Ruiz y Paola Andrea Ospina Galeano en la acción de tutela iniciada por éstas en contra del Juzgado 4 Civil del Circuito de Bucaramanga, la Secretaría de Gobierno de Bucaramanga y el Inspector de Policía Urbano Comisorio 5, con vinculación oficiosa de Central de Inversiones S.A, Banco Davivienda y la señora Gloria Elisa Rueda Pinilla.
- Segundo. LÍBRESE, por Secretaría, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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