T-885 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Martínez Caballero
✓Claimant Jose Fernando Arevalo Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Pago de salarios atrasados
- Procedencia excepcional pago de salarios
- Fundamental
- Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. En el expediente T-301768, CONFIRMAR la sentencia del 9º de febrero de 2000 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, por medio de la cual negó el amparo solicitado por el peticionario.
- Segundo. En el expediente T-304141, revocar la sentencia del 23 de febrero de 2000 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, que negó el amparo solicitado por el peticionario. En su lugar, TUTELAR el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas del señor Carlos Alberto Gil Ladino y el derecho a la seguridad social de su hija menor July Andrea Gil Castiblanco. Por consiguiente:
- a) ORDENAR a la empresa "Nuevas Industrias Falka Ltda" que en el término de tres días a partir proceda a cancelar las sumas laborales adeudadas al peticionario, y a efectuar los correspondientes aportes de seguridad social. En caso de que no tenga el dinero suficiente, tendrá un término máximo de dos meses para conseguir los recursos económicos necesarios, y deberá pagar las sumas adeudadas en los tres días siguientes a haber obtenido esos recursos.
- b) ORDENAR a la empresa "Nuevas Industrias Falka Ltda" que en el término de tres días a partir de la notificación del presente fallo, si no lo ha hecho, gire los aportes correspondientes al subsidio familiar a la Caja de Compensación Familiar CAFAM. En caso de que no tenga el dinero suficiente, tendrá un término máximo de dos meses para conseguir los recursos económicos necesarios, y deberá girar los aportes en los tres días siguientes a haber obtenido esos recursos. También se indicará a la mencionada Caja de Compensación Familiar CAFAM una vez cubiertos los aportes por la empresa "Nuevas Industrias Falka Ltda", se le pagará el subsidio familiar al peticionario de la presente tutela
- Tercero. Por Secretaría líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.