JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 4, 2008

T-868 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Rodrigo Escobar Gil

✓Claimant Ludy Esther Carvajalino Tellez Y Otros·Respondent Agencia Presidencial Para La Accion Social Y La Cooperacion Internacional

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Desplazamiento Forzado
  • Normatividad y Estado de cosas inconstitucional
3 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la vida digna, minimo vital e igualdad de personas desplazadas por la violencia que han solicitado la ayuda humanitaria de emergencia y aun no se las han suministrado.

Normatividad y estado de cosas inconstitucional en desplazamiento forzado.

Ayuda humanitaria de emergencia y prorroga.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (17 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el veintinueve (29) de noviembre de dos mil siete (2007) por el Juzgado
  2. Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al minimo vital invocados por la senora Ludy Esther Carvajalino Tellez.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia entregue a la senora Ludy Esther Carvajalino Tellez de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentre en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  4. TERCERO. REVOCAR la sentencia proferida el cuatro (4) de marzo de dos mil ocho (2008) por el Juzgado
  5. Segundo. Civil del Circuito de Santa Marta y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al minimo vital invocados por la senora Maria del Rosario Olmos Fajardo.
  6. CUARTO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia entregue a la senora Maria Del Rosario Olmos Fajardo de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentre en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  7. QUINTO. REVOCAR la sentencia proferida el cuatro (4) de marzo de dos mil ocho (2008) por el Juzgado
  8. Quinto. Civil del Circuito de Cartagena y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al minimo vital invocados por el senor Nelson Enrique Sierra Teheran.
  9. SEXTO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia entregue al senor Nelson Enrique Sierra Teheran de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentre en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  10. SEPTIMO. REVOCAR la sentencia proferida el cinco (5) de marzo de dos mil ocho (2008) por el Juzgado
  11. Quinto. Civil del Circuito de Cartagena y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al minimo vital invocados por la senora Eliersa Isabel Tovar Salcedo.
  12. OCTAVO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia entregue a la senora Eliersa Isabel Tovar Salcedo de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentre en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  13. NOVENO. REVOCAR la sentencia proferida el veintiuno (21) de enero de dos mil ocho (2008) por el Juzgado
  14. Segundo. Promiscuo de Familia de Barrancabermeja - Santander - y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al minimo vital invocados por la senora Maria Etelvina Calderon Arango.
  15. DECIMO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia entregue a la senora Maria Etelvina Calderon Arango de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentre en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  16. DECIMO.
  17. PRIMERO. Librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 4cited by 25 →T-868/08T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004A. 092/08 — Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Victimas Del Desplazamiento Forzado Por Causa Del Conflicto Armado, En El Marco De L · cited 119 timesA. 092/082008C-278/07 — Desplazamiento Forzado. Norma Que Establece Que El Desplazado Cooperará En El Mejoramiento De Su Situación Representa Una Carga Desproporcio · cited 119 timesC-278/072007T-156/08 · cited 37 timesT-156/082008C-438/13 — Ley De Atencion, Asistencia Y Reparacion Integral De Victimas Del Conflicto Armado. Implicaciones Del Principio De Progresividad · cited 62 timesC-438/132013C-754/15 — Violencia Sexual. Atención Integral, Prioritaria Y Gratuita A Víctimas Como Facultad De La Empresas Prestadoras De Salud (Eps). · cited 61 timesC-754/152015T-626/16 — Prorroga De La Ayuda Humanitaria A Poblacion Desplazada. · cited 53 timesT-626/162016T-702/12 · cited 39 timesT-702/122012T-488/17 — Separacion Del Nucleo Familiar De Personas Victimas Del Desplazamiento Forzado. Vulneracion De Uariv Al Negar Ayuda Humanitaria. · cited 33 timesT-488/172017T-218/14 · cited 29 timesT-218/142014T-271/16 — Servicio Social Obligatorio Para El Ejercicio De Las Profesiones En El Area De La Salud. Razonabilidad Y Proporcionalidad De Las Causales D · cited 27 timesT-271/162016T-158/17 — Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconocio Pago De Atencion Humanitaria De Emergencia; · cited 26 timesT-158/172017
constitutional review unification tutela
Cites4
T-156/08Tutela of 2008A. 092/08Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Victimas Del Desplazamiento Forzado Por Causa Del Conflicto Armado, En El Marco De La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Despues De La Sesion Publica De Informacion Tecnica Realizada El 10 De Mayo De 2007 Ante La Sala Segunda De Revision. Se Adoptan Medidas Comprehensivas Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas Por El Conflicto Armado Y La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Conflicto Armado Y Del Desplazamiento Forzado. Tales Medidas Consisten, Principalmente, En Ordenes De Creacion De Trece (13) Programas Especificos Para Colmar Los Vacios Existentes En La Politica Publica Para La Atencion Del Desplazamiento Forzado Desde La Perspectiva De Las Mujeres, De Manera Tal Que Se Contrarresten Efectivamente Los Riesgos De Genero En El Conflicto Armado Y Las Facetas De Genero Del Desplazamiento Forzado, El Establecimiento De Dos Presunciones Constitucionales Que Amparan A Las Mujeres Desplazadas, La Adopcion De Ordenes Individuales De Proteccion Concreta Para Seiscientas (600) Mujeres Desplazadas En El Pais, Y La Comunicación Al Fiscal General De La Nacion De Numerosos Relatos De Crimenes Sexuales Cometidos En El Marco Del Conflicto Armado Interno Colombiano. Los Riesgos De Genero En El Marco Del Conflicto Armado Colombiano. Deberes Constitucionales Inmediatos Y Urgentes Del Estado Colombiano Frente A La Situacion De Las Mujeres Desplazadas Por La Violencia. Valoracion Juridica Constitucional De Los Riesgos De Genero Especificos Y Las Cargas De Genero Extraordinarias. Medidas De Caracter General A Adoptar Para Proteger Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas De Colombia. Los Programas Aluden A La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Desplazamiento, Prevencion De La Violencia Sexual Contra La Mujer Desplazada, Prevencion De La Violencia Intrafamiliar Y Comunitaria Contra La Mujer Desplazada, Promocion De La Salud, Apoyo Y Facilitacion Del Acceso A Oportunidades Laborales Y Productivas A Las Jefes De Hogar, Apoyo Educativo A Las Mujeres Mayores De 15 Años, Facilitacion Del Acceso A La Propiedad De La Tierra, Proteccion De Los Derechos De Las Mujeres Indigenas Y Afrodescendientes Desplazadas, Promocion De La Participacion De La Mujer Y Prevencion De La Violencia Contra Mujeres Lideres En El Campo De La Promocion Social, Civica O De Derechos Humanos, Garantia De Los Derechos A La Verdad, Justicia, Reparacion Y A La No Repeticion, Acompañamiento Psicosocial Para Las Mujeres Desplazadas Y Eliminacion De Las Barreras De Acceso Al Sistema De Proteccion Por Las Mujeres Desplazadas. Paralelamente Se Establecen Dos Presunciones Constitucionales Para Que Estas Sean Aplicadas En El Ambito Del Snaipd. 1) La Presuncion Constitucional De Vulnerabilidad E Indefension Acentuada De Las Mujeres Desplazadas. 2) La Presuncion Constitucional De Prorroga Automatica De La Ayuda Humanitaria De Emergencia A Favor De Las Mujeres Desplazadas. Entre Otras Ordenes, Al Constatarse Que La Situacion De Las Mujeres, Jovenes, Niñas Y Adultas Mayores Desplazadas Por El Conflicto Armado En Colombia Constituye Una De Las Manifestaciones Mas Criticas Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Por Ser Sujetos De Proteccion Constitucional Multiple Y Reforzada Cuyos Derechos Estan Siendo Vulnerados En Forma Sistematica, Extendida Y Masiva A Lo Largo De Todo El Territorio Nacional, Se Declarara Que Las Autoridades Colombianas A Todo Nivel Estan Bajo La Obligacion Constitucional E Internacional Imperiosa De Actuar En Forma Resuelta Para Prevenir El Impacto Desproporcionado Del Desplazamiento Sobre Las Mujeres, Y Garantizar El Goce Efectivo De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Que Han Sido Afectadas Por El Desplazamiento. Se Requerira Al Fiscal General De La Nacion Para Que Rinda, Ante Esta Corte, Un Informe Detallado Sobre El Curso Que Se Le Ha Dado A La Informacion Contenida En El Documento Separado Del Que Se Le Corre Traslado, Especificando La Etapa Investigativa O De Juzgamiento En La Que Se Encuentran Los Casos Que Alli Se Relatan. Se Ordena A Accion Social Para Que Diseñe E Implemente Los Trece (13) Programas Enunciados Para Colmar Los Vacios Criticos En La Politica Publica De Atencion Al Desplazamiento Forzado. Se Adoptan Medidas Concretas Frente A Los 600 Casos Expuestos.C-278/07Desplazamiento Forzado. Norma Que Establece Que El Desplazado Cooperará En El Mejoramiento De Su Situación Representa Una Carga DesproporcionadaT-025/04Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion Integral. Respuesta Clara Y Oportuna. Desplazamiento Forzado Interno. Evaluacion Situacion Para Inscripcion En Sistem

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