T-847 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Adan Cortes Vs. Alcaldia De Neiva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia
- Entidad encargada de expedir el bono pensional no puede excusar su incumplimiento en los deberes de otras entidades
- Término para el reconocimiento del remanente del bono pensional
- Fundamental por conexidad con la vida
- Indeterminación del soporte financiero no es óbice para su reconocimiento
- Para su reconocimiento no es necesario el pago del bono pensional
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el 30 de mayo de 2002 por el Juzgado 5º Civil Municipal de Neiva y, en consecuencia, CONCEDER la tutela al derecho fundamental a la seguridad social en pensiones en conexidad con el derecho al mínimo vital y al debido proceso del señor Adán Cortés.
- SEGUNDO. ORDENAR al Seguro Social, Seccional Risaralda, que en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente sentencia, profiera, sin más dilaciones, la resolución correspondiente al reconocimiento de pensión de vejez del señor Adán Cortés. Cualquiera que fuere el mecanismo que se adopte sobre financiación, dentro de los quince (15) días siguientes al reconocimiento de la pensión, se comenzará a pagar el monto de la mesada pensional correspondiente.
- TERCERO. ORDENAR a la alcaldía del Municipio de Neiva una vez definido lo referente al soporte financiero de la pensión de jubilación del señor Adán Cortés, reconozca en un (1) mes el monto total de la cuota parte del bono pensional, en caso de que el aporte financiero debido sea bono pensional o pague de manera oportuna los respectivos períodos legales, si se trata de cuota parte.
- CUARTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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