T-834 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Isabel Cristina Gómez Arias·Respondent Caja Nacional De Previsión Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
- Reglas jurisprudenciales
- Términos para resolver
- Reiteración de jurisprudencia
- Alcance y contenido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de petición y seguridad social.
El tribunal administrativo de antioquia ordenó el reconocimiento y pago de una nueva liquidación de pensión gracia a la fallecida madre de la actora, y ella como hija es beneficiaria y heredera de dicha prestación, por lo cual en febrero de 2007 presentó derecho de petición a la accionada para que diera respuesta y cumplimiento al pago de la pensión y posteriormente en febrero de 2008 solicitó por escrito informara sobre el correspondiente trámite, ya que ha transcurrido un año y no se ha dado respuesta.
Términos para reolver el derecho de petición en materia pensional la accionada no atendió la solicitus dentro de los términos establecidos, lo cual es claramente violatorio del mencionado derecho y se ordenará a la entidad que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia, resuelva apropiadamente las peticiones si aun no lo hubiere hecho.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogota, en abril 11 de 2008, mediante el cual fue denegada la tutela del derecho de peticion instada por la senora Isabel Cristina Gomez Arias, por intermedio de apoderado, contra la Caja Nacional de Prevision Social, Cajanal, que, en su lugar, se dispone CONCEDER.
- Segundo. ORDENAR, en consecuencia, a la Caja Nacional de Prevision Social, Cajanal, a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha efectuado, en el termino maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, proceda a resolver apropiadamente las peticiones formuladas en febrero 7 de 2007 y febrero 8 de 2008 por Isabel Cristina Gomez Arias, a traves de su apoderado Leonardo Fabio Guevara Diaz, de las cuales se le anexaran fotocopias.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.