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Tutela ruling (T)October 23, 2014

T-790 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Pedro Alcides Enciso Ramirez·Respondent Alcaldia Municipal De San Martin, Meta Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Agua Potable
  • Orden a Empresa de Servicios Públicos programe y lleve a cabo suministro provisional a través de carro tanques hasta tanto se construya la estación de bombeo para garantizar suministro de agua
  • Vulneración por no suministro del servicio de agua a sujeto de especial protección, en especial a niños
  • Orden a Alcaldía realice gestiones necesarias para la construcción de una estación de bombeo en el lugar más adecuado dentro del predio rural donde se encuentra la vivienda del actor para garantizar suministro de agua
Derecho Fundamental Al Agua
  • Obligaciones del Estado para garantizar disponibilidad, accesibilidad, calidad del servicio de agua y no discriminación en la distribución
  • Contenido
  • Contenido y obligaciones estatales en materia de prestación del servicio de agua de conformidad con el bloque de constitucionalidad
4 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que la Alcaldía de San Martín (Meta), la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de San Martín de los Llanos - CAFUCHE S.A.E.SP.- y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vulneran derechos fundamentales del actor y de su núcleo familiar, debido a la negativa de autorizar la instalación del servicio definitivo de acueducto en su vivienda.

Se examinan los siguientes tópicos: 1º.

El contenido del derecho fundamental al agua potable y, 2º.

La prestación de los servicios públicos como una finalidad social del Estado.

Se CONCEDE la protección de los derechos fundamentales a la vida, a la salud y al agua potable.

Se ordena a la Empresa de Servicios accionada que programe y lleve a cabo el suministro provisional de agua potable a la vivienda del peticionario, a través de carros tanques, en una cantidad que garantice el consumo diario, hasta tanto se construya una estación de bombeo.

Se precisa que la cantidad de agua a proveer debe obedecer al volumen mínimo razonable establecido como parámetro por la OMS, el cual debe oscilar entre 50 y 100 litros de agua por persona por día, para asegurar la satisfacción de todas las necesidades de salud.

A la entidad territorial demandada se le ordena, que en un término no superior a seis meses, realice las gestiones necesarias para la construcción de bombeo en el lugar más adecuado para ello dentro del predio rural donde se encuentra ubicada la vivienda del actor, con las características técnicas para abastecer el servicio de agua potable a la vivienda del mismo y del resto de la comunidad aledaña que lo requiera.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el treinta y uno (31) de marzo dos mil catorce (2014), por el Juzgado Promiscuo de Familia de San Martin de los Llanos, Meta, que revoco la decision de primera instancia proferida el cinco (05) de marzo de dos mil catorce (2014), por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de San Martin de los Llanos (Meta), en cuanto CONCEDE la proteccion de los derechos fundamentales a la vida, a la salud y al agua potable del senor Pedro Alcides Enciso Ramirez y su nucleo familiar. En lo demas:
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Empresa de Servicios Publicos Domiciliarios de San Martin de los Llanos (Meta) CAFUCHE S.A. E.S.P. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, programe y lleve a cabo el suministro provisional de agua potable a la vivienda del peticionario a traves de carro tanques, en una cantidad que garantice el consumo diario, hasta tanto se construya una estacion de bombeo. La cantidad de agua a proveer debe obedecer al volumen minimo razonable establecido como parametro por la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), el cual debe oscilar entre cincuenta (50) y cien (100) litros de agua por persona por dia para asegurar la satisfaccion de todas las necesidades de salud.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de San Martin de los Llanos, Meta, que en un termino no superior a seis (6) meses, realice las gestiones necesarias para la construccion de una estacion de bombeo en el lugar mas adecuado para ello dentro del predio rural donde se encuentra ubicada la vivienda del actor, con las caracteristicas tecnicas para abastecer del servicio de agua potable a la vivienda del mismo y al resto de la comunidad aledana que lo requiera.
  5. CUARTO. COMUNICAR la presente decision a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios y al Personero de San Martin del Llano, Meta, para que dentro de la orbita de sus competencias, hagan un seguimiento del cumplimiento de esta providencia.
  6. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.