T-733 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Adela Santamaría Hernández Vs. Banco Granahorrar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Respeto
- Condiciones para su aplicación
- Financiación de vivienda a largo plazo
- Abuso de posición dominante
- Expedición de paz y salvo por Granahorrar
- Reliquidación de crédito hipotecario
- Cancelación de gravamen
- Vulneración por Granahorrar por imputación de una nueva deuda
- Era el único que debía restablecerse por Granahorrar
- No implica que Granahorrar no pueda poner a sus clientes al tanto para convenir pago voluntario
- No existe certeza sobre existencia y contenido del acto mediante el cual se hizo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala Civil, de 19 de diciembre de 2003 en la accion de tutela instaurada por la senora Adela Santamaria Hernandez. En su lugar CONCEDER el amparo constitucional a los derechos fundamentales al debido proceso por conexidad a la vivienda digna y de peticion, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR al Banco Granahorrar de Bucaramanga, que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia deje sin efecto el acto mediante el cual le fue reversada la operacion inicial que le habia otorgado el alivio, comunicado a la accionante mediante carta del 30 de abril de 2003, con el fin de dar plena efectividad a los derechos surgidos con anterioridad a dicha revocacion.
- TERCERO. Advertir al Banco Granahorrar que si cree tener derechos luego del cumplimiento de las ordenes dadas en los numerales anteriores, a cargo de la accionante, puede, de considerarlo pertinente, instaurar las acciones judiciales que sean del caso.
- CUARTO. ORDENAR al Banco Granahorrar de Bucaramanga que en el evento de que aun no haya otorgado respuesta completa al derecho de peticion, debera hacerlo en el termino de 48 horas a partir de la notificacion de la presente providencia.
- SEXTO. LIBRESE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.