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Tutela ruling (T)June 21, 2010

T-528 de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez

✓Claimant Oscar Hernan Vanegas Morales·Respondent Comfama Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Vivienda Digna De Poblacion Desplazada
  • Caso en que el predio entregado al actor no reunía las condiciones mínimas necesarias
  • Reiteración de jurisprudencia
Registro Unico De Poblacion Desplazada Y Derecho Al Habeas Data
  • Caso en que la información no se encontraba debidamente actualizada y por ello se negó otorgamiento de subsidio de vivienda
  • Reiteración de jurisprudencia
6 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vivienda digna, habeas data, reubicación.

El peticionario y su familia fueron desplazados por la violencia del corregimiento de Bejuquillo, ubicado en el municipio de Mutatá (Antioquia), desde el año 1995.

En el año 1997, el INCORA, mediante escritura pública, le adjudicó un predio en el municipio de Jerusalén (Cundinamarca), para que desarrollara en él un proyecto productivo.

Dado a que el inmueble no contaba con servicios públicos, ni vivienda, ni las condiciones del suelo eran propicias y, por recibir amenazas por parte de otras familias beneficiarias del proyecto, el peticionario y su familia abandonaron el predio y se desplazaron por segunda vez.

En el año 2007, el actor se postuló para acceder a un estudio familiar de vivienda para población en situación de desplazamiento, en la modalidad de reubicación.

Dicha solicitud fue inicialmente acogida al ser calificado como beneficiario para acceder al subsidio, pero de manera posterior, se rechazó el otorgamiento del subsidio bajo el argumento de contar con propiedad o propiedades en sitio diferente al de la expulsión.

Para el actor, esta situación no corresponde a la realidad, pues pese a que aparece en el Registro de Instrumentos Públicos como propietarios del inmueble que les adjudicó el INCORA en 1997, él afirma haber renunciado a dicha adjudicación.

Para resolver, la Sala reitera los fundamentos acerca de la especial protección constitucional con que gozan las personas víctimas de la violencia y, reitera jurisprudencia sobre: i). el carácter fundamental del derecho a la vivienda digna en el caso de la población en condición de desplazamiento, ii).

Reglas que gobiernan las inscripciones y actualizaciones de la información contenida en el RUPD y, iv).

Derecho fundamental de los desplazados a la reubicación.

Se CONCEDE el amparo de los derechos invocados y se imparten una serie de órdenes a las entidades involucradas, para que procedan a hacer efectivo el goce y disfrute de los mismos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension del proceso ordenada mediante auto de diez (10) de marzo de 2010.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia del dia 27 de octubre de 2009, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin, que confirmo la sentencia proferida el dia 14 de septiembre de 2009, por el Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad, que nego por improcedente la tutela instaurada por el actor. En su lugar, CONCEDER el amparo judicial de los derechos fundamentales a la vivienda digna, al habeas data y a la reubicacion del peticionario.
  4. Tercero. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que, en el termino de ocho (8) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia, le suministre al actor la informacion pertinente, en forma clara y concreta, sobre: i) el subsidio de vivienda en la modalidad de reubicacion y; ii) sobre el proceso de reubicacion y, en especial, sobre los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad, que lo rigen. Dicha informacion debera permitirle al actor escoger libremente la opcion que mas se ajuste a sus necesidades.
  5. Cuarto. ADVERTIR al actor que puede escoger, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes al cumplimiento de la orden contenida en el numeral
  6. tercero. de la presente sentencia, una de las siguientes opciones: i) por un lado, que el Incoder proceda, dentro de los cuatro (4) meses siguientes al cumplimiento de la orden contenida en el numeral
  7. tercero. de la presente providencia, a reubicarlo en un predio que tenga condiciones de habitabilidad, agua potable y posibilidades de establecer cultivos que le permitan obtener una subsistencia digna y que tenga vocacion agropecuaria a fin de asegurar su estabilizacion socioeconomica. En este proceso de reubicacion, se deberan respetar los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad senalados y asegurar la plena participacion del afectado; o, ii) por otro lado, que Fonvivienda le asigne, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes al cumplimiento de la orden contenida en el numeral
  8. tercero. de la presente sentencia, un Subsidio Familiar de Vivienda de Interes Social en la modalidad de reubicacion, y que modifique en lo pertinente la Resolucion 602 de 16 diciembre de 2008, mediante la cual se rechazo su postulacion, para lo cual se deberan adelantar los ajustes administrativos y presupuestales a que haya lugar.
  9. Quinto. ORDENAR al Incoder que, en caso de que el peticionario opte por la opcion de reubicacion, dentro de los cuatro (4) meses siguientes al cumplimiento de la orden contenida en el numeral
  10. tercero. de la presente providencia, proceda a reubicarlo en un predio que tenga condiciones de habitabilidad, agua potable y posibilidades de establecer cultivos que le permitan obtener una subsistencia digna, pero que tambien tenga vocacion agropecuaria que asegure su estabilizacion socioeconomica. En este proceso de reubicacion, se deberan respetar los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad senalados y asegurar la plena participacion del afectado.
  11. Quinto. ORDENAR a Fonvivienda que, en caso de que el peticionario opte por la opcion del subsidio de vivienda, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes al cumplimiento de la orden contenida en el numeral
  12. tercero. de la presente sentencia, le asigne un Subsidio Familiar de Vivienda de Interes Social en la modalidad de reubicacion, y modifique en lo pertinente la Resolucion 602 de 16 diciembre de 2008, mediante la cual se rechazo su postulacion, para lo cual se deberan adelantar los ajustes administrativos y presupuestales a que haya lugar.
  13. Sexto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 24cited by 9 →T-528/10T-821/07 · cited 196 timesT-821/072007T-585/06 · cited 189 timesT-585/062006T-327/01 — Derechos A La Vida Integridad Personal Libre Desarrollo De La Personalidad Salud Vivienda Y De Los Menores. Desplazamiento Forzado. Inscripc · cited 185 timesT-327/012001T-468/06 · cited 162 timesT-468/062006T-086/06 — · cited 149 timesT-086/062006T-740/04 — Derecho A La Vida La Salud Y La Vivienda De Población Desplazada. Solicitan El Registro Como Desplazados Y El Suministro De Ayuda Humanitari · cited 121 timesT-740/042004T-175/05 · cited 115 timesT-175/052005T-328/07 · cited 110 timesT-328/072007C-715/12 — Medidas De Atencion, Asistencia Y Reparacion Integral A Las Victimas Del Conflicto Armado Interno. Acciones De Restitución De Tierras De Los · cited 102 timesC-715/122012C-035/16 — Reservas Mineras Estratégicas. Sistema Nacional Pines. Contratos De Concesión Especial Para Explotación Minera. Prórrogas. No Devolución De · cited 101 timesC-035/162016T-139/17 — Derecho A La Vivienda Digna Y Los Subsidios Como Mecanismos Validos Para Su Realizacion. · cited 28 timesT-139/172017C-820/12 — Contratos Para El Uso De Predio Restituido En Ley De Reparacion Integral A Victimas Del Conflicto Armado Interno. Consentimiento De La Vícti · cited 27 timesC-820/122012T-666/17 — Derecho A La Vida Y Al A Seguridad Personal De Lider Indigena · cited 10 timesT-666/172017C-089/22 — Circunscripciones De Paz. Creación De 16 Circunscripciones Transitorias Especiales De Paz Para La Cámara De Representantes. · cited 7 timesC-089/222022T-244/14 · cited 4 timesT-244/142014T-971/14 · cited 2 timesT-971/142014
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.