T-244 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Alvaro Antonio Bolaño Orcasita Representante Legal De La Asociacion De Desplazados Parceleros De La Nueva Villa Diana·Respondent Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Objetivos y Entidades que lo conforman, de acuerdo con la ley 1448 de 2011
- Orden a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación a las Víctimas y al INCODER garantizar integralmente la reubicación de los accionantes
- Orden de asegurar que las familias reciban la provisión adecuada y suficiente de agua potable, alimentos, vestuario y demás componentes de la ayuda humanitaria de emergencia
- Nuevo marco jurídico en la ley 1448 de 2011 y los decretos reglamentarios
- Requisitos de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se alega la violación de derechos fundamentales en virtud de la negativa de las entidades accionadas de ordenar la reubicación de las personas integrantes de la Asociación demandante en otro predio diferente al que actualmente habitan, toda vez que han vuelto a ser víctimas de hechos violentos.
Se pretende la reubicación de las 26 familias afectadas en terrenos aptos para cultivar la tierra y con agua, no solo para el cultivo y la cría de animales, sino potable para el consumo humano.
Igualmente, que cuente con vías de acceso y con garantías para el desarrollo integral de la vida de los niños.
La solicitud de amparo se sustenta en los hechos violentos presentados en el territorio que les fue adjudicado en su primer desplazamiento.
Concepto de reubicación y derecho a la reubicación de los desplazados.
Ley 1448 de 2011. sentencia C-280/13.
La Sala de Revisión concluye que se vulneran los derechos a la reubicación y a la vivienda digna de los desplazados.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 31 de julio de 2013, por el Consejo Superior de la Judicatura - Sala Jurisdiccional Disciplinaria -, que revoco el fallo proferido el 08 de julio de 2013 por el Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira - Sala Jurisdiccional Disciplinaria - que concedio el amparo solicitado, y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos de los accionantes en los terminos de la presente sentencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion las Victimas y al INCODER, que en el termino de 4 meses contados a partir de la notificacion de esta sentencia, coordine y articule el diseno e implementacion de las acciones dirigidas a garantizar integralmente la reubicacion de los accionantes en este proceso, en conjunto con las entidades nacionales y territoriales del Sistema Nacional de Atencion y Reparacion a las Victimas. El cual debera terminar con la reubicacion efectiva de los demandantes, en el mismo termino establecido. En este proceso de reubicacion se deberan respetar los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad senalados y asegurar la plena participacion de los afectados.
- TERCERO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion las Victimas que, mientras se reubica a estas familias y hasta tanto se logre su restablecimiento socioeconomico, dentro de las 48 horas siguientes a la comunicacion de la presente sentencia, coordine con las autoridades nacionales y locales responsables, las acciones pertinentes, oportunas y efectivas que aseguren que estas familias reciban la provision adecuada y suficiente de agua potable, alimentos, vestuario y demas componentes de la ayuda humanitaria de emergencia, asi como para asegurar el goce efectivo de sus derechos a la educacion y a la salud. Esto incluye la entrega de las ayudas o auxilios necesarios que aseguren a los accionantes una vivienda que cumplan con condiciones de dignidad y salubridad, asi esta sea de caracter temporal.
- CUARTO. El cumplimiento de este fallo sera verificado por el Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira - Sala Jurisdiccional Disciplinaria -, como juez de primera instancia en el proceso de tutela; con acompanamiento de la Defensoria del Pueblo, a quien se le enviara copia de este fallo.
- QUINTO. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.