T-462 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Betty Saenz De Castro·Respondent Parques Y Funerarias S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Genera para el trabajador con limitaciones el derecho a la reubicación en funciones que no supongan riesgo para su salud, incluyendo la capacitación necesaria
- Procedencia excepcional cuando existe nexo de causalidad entre el despido y el estado de salud
- Procede el reintegro de la actora por cuanto fue despedida debido a su precario estado de salud sin previa autorización del Ministerio de la Protección Social
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida digna, trabajo, mínimo vital.
La accionante laboró al servicio de la entidad accionada desde febrero de 2004, en el desarrollo de sus labores adquirió una enfermedad denominada asma, la cual fue calificada como de origen profesional, su EPS envió las recomendaciones para la reubicación de la actora mientras que la ARP se pronunciaba frente a la calificación, sin embargo y sin importar que se encontraba en trámite la calificación de su pérdida de capacidad laboral fue despedida, solicita se ordene su reintegro y el pago de aportes a seguridad social.
La Sala estudia la procedencia de la acción de tutela para el reintegro laboral de una persona afectada por un accidente de trabajo o por una enfermedad a consecuencia de la ejecución del contrato de trabajo, el derecho a la estabilidad laboral reforzada para las personas discapacitadas, así no medie calificación por parte de las entidades creadas para tal efecto, se concluye que los derechos de la accionante han sido vulnerados por lo tanto se ordena su reintegro y el reconocimiento de la indemnización contenida en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, y el pago de los salarios dejados de percibir hasta su respectivo reintegro.
Concede.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de unica instancia, proferido por el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil Municipal de Bogota, el dia diecisiete (17) de diciembre de dos mil nueve (2009), y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo y a la seguridad social de la senora Betty Saenz de Castro.
- Segundo. ORDENAR a la Empresa Parques y Funerarias S.A., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a reintegrar y a reubicar de manera definitiva a la senora Betty Saenz de Castro sin solucion de continuidad, dentro de la planta de personal de la empresa en un cargo apto para lograr un desempeno laboral adecuado y compatible con su estado actual de salud. Con ese proposito, debera contar con la asistencia en forma permanente de la Administradora de Riesgos Profesionales y de la EPS a la cual estuvo vinculada la trabajadora al momento de su despido.
- Tercero. Ordenar a la empresa Parques y Funerarias S.A., que dentro del termino perentorio de treinta (30) dias calendario se: i) Cancelen los salarios y prestaciones dejados de percibir por la senora Betty Saenz de Castro desde la fecha de la desvinculacion y hasta el momento en que opere su reintegro; ii) Paguen a la accionante, una indemnizacion equivalente a 180 dias de salario, segun los terminos del articulo 26 de la Ley 361 de 1997.
- Cuarto. Ordenar al representante legal de la empresa Parque y Funerarias S.A., que al momento del reintegro de la senora Betty Saenz de Castro, realice una ceremonia donde se le ofrezcan disculpas publicas; dicho evento debera estar precedido por el gerente de la Empresa; a la misma deberan asistir los miembros de la junta directiva y el mayor numero de empleados posible. Dicho acto protocolario debera ser constatado por un inspector de trabajo designado para tal fin por el Ministerio de Proteccion social.
- Quinto. Ordenar al Ministerio de Proteccion social que delegue un inspector de trabajo para que verifique, dentro del primer mes del reintegro, las condiciones laborales en las que la accionante se esta desempenando, asi como para que verifique el cumplimiento de la orden anterior.
- Sexto. Ordenar al Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil Municipal de Bogota, que verifique el cumplimiento de la presente providencia.
- Septimo. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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