T-425 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Andrés Mutis Vanegas
✓Claimant Jaime Antonio Jajoy·Respondent Ministerio Del Interior
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden de iniciar estudio etnológico de dicha comunidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aduce que la Dirección de Asuntos Indígenas ROM y Minorías del Ministerio del Interior vulneró los derechos a la igualdad y al reconocimiento y protección de la diversidad étnica, al no acceder a realizar el estudio etnológico solicitado por la comunidad INGA ubicada en el Villavicencio, requerida para ser reconocidos como una parcialidad y poder así, como pueblo indígena, reclamar todos los derechos a los que legal y constitucionalmente pueden acceder.
La entidad señaló que el reconocimiento solicitado no resulta viable, pues implicaría otorgarles ciertos derechos colectivos que en ciudades resultarían impracticables.
Se aborda temática relacionada con la protección que debe el Estado a la identidad e integridad étnica, cultural, social y económica de los pueblos indígenas; al igual que sobre el territorio y la estructura de estos pueblos de conformidad con la Constitución y las leyes colombianas.
Se CONCEDE la tutela y se ordena la realización del estudio etnológico solicitado.
Se insta a la Presidencia de la República, a las entidades nacionales y territoriales, y a los pueblos indígenas y sus organizaciones, a realizar con la mayor celeridad e idoneidad posibles, el Programa Presidencial para la Formulación de Estrategias y Acciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas de Colombia, frente a la política pública para las comunidades asentadas en espacios urbanos, con el fin de garantizar el goce y de sus derechos y el fortalecimiento y reproducción cultural.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada en diciembre 3 de 2013, por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que en su momento confirmo la proferida en octubre 25 del mismo ano por la Sala Civil-Familia de Tribunal Superior de Villavicencio que nego el amparo solicitado.
- Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR el derecho al reconocimiento y proteccion de la diversidad etnica de la parcialidad indigena de la comunidad INGA de Villavicencio. En consecuencia, ORDENAR a la Directora de Asuntos Indigenas, ROM y Minorias del Ministerio del Interior, o quien haga sus veces, que en el termino de diez (10) dias contados a partir de la notificacion de esta providencia, inicie el estudio etnologico que ha sido solicitado por la comunidad actora, dentro del ambito de sus funciones.
- Tercero. INSTAR a la Presidencia de la Republica, a las entidades nacionales y territoriales, y a los pueblos indigenas y sus organizaciones, para que a traves de la Mesa Nacional de Concertacion, realicen con la mayor celeridad e idoneidad posibles, el Programa Presidencial para la Formulacion de Estrategias y Acciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indigenas de Colombia frente a la politica publica para las comunidades asentadas en espacios urbanos, con el fin de garantizar "el goce de sus derechos y el fortalecimiento y reproduccion cultural".
- Cuarto. SOLICITAR al Procurador General de la Nacion y al Defensor del Pueblo que en cumplimiento de sus respectivas funciones y particularmente las derivadas de los articulos 277 (numerales 1deg, 2deg -tambien atinente al Defensor del Pueblo-, 3deg, 6deg y 7deg) y 282 (numeral 1deg y concordantes) de la Constitucion Politica, procuren que sea efectivamente ejercido, defendido y hecho efectivo el derecho tutelado en esta sentencia, de la cual y de la demanda que dio origen a la presente accion se les enviara copia autentica, por conducto de la Secretaria General de esta corporacion.
- Quinto. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.