T-340 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Luis Enrique Blandon Gallego Vs. Servicio Occidental De Salud S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por fundamentarse en la manifestación de un tercero
- No práctica de cirugía cardiovascular
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Manizales, mediante la cual denegó la acción de tutela en el proceso de la referencia, y en su lugar conceder la protección constitucional al derecho a la salud en conexidad con la vida del señor Luis Enrique Blandón Gallego.
- Segundo. ORDENAR a la E.P.S. Servicio Occidental de Salud S.A. S.O.S. que en el término de 48 horas a partir de la notificación de esta sentencia, realice una valoración definitiva sobre la real situación de la enfermedad coronaria del actor, para que así, una junta de médicos especialistas que conforme esa entidad, determine si la realización del procedimiento quirúrgico pone en riesgo su vida o si, por el contrario, su práctica redundará en mayores beneficios para su salud. En el evento que la junta de médicos especialistas determine la viabilidad de llevar a cabo la cirugía de Revascularización Miocárdica al señor Blandón Gallego, la E.P.S deberá en el término de 48 horas proceder a expedir las órdenes y realizar el procedimiento quirúrgico correspondiente.
- Tercero. ORDENAR a la E.P.S. Servicio Occidental de Salud S.A. S.O.S que si se llegase a ratificar el alto riesgo quirúrgico en la vida de la accionante, siga prestando en forma eficiente e integral el servicio de salud al afiliado Luis Enrique Blandón Gallego conforme a las prescripciones médicas pertinentes siempre y cuando se cumplan los requisitos legales para el efecto.
- Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.