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Tutela ruling (T)May 10, 1999

T-321 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo

✓Claimant Mariela Paula Rivera Y Otros

✓
Topic · hard data
Procesos De Privatizacion Transformacion Y Reestructuracion De Entidades Publicas. Despidos Colectivos. Codensa. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Protección ante proceso de privatización, reorganización, reestructuración, transformación y cambio de estatutos en entidades públicas
  • Supresión de dependencias
  • Asignación de funciones
  • Protección ante sustitución patronal producida en establecimientos públicos o privados
Sistema Juridico Laboral
  • Reformas no pueden afectar la libertad y espontaneidad del trabajador
Gestion Publica
  • Eficacia de la actividad y eficiencia de quienes la tienen a cargo
Planes Colectivos De Retiro Compensado
  • Protección de derechos del trabajador
Principio De Estabilidad En El Empleo
  • Procesos de privatización, transformación, reestructuración de entidades públicas y sustituciones patronales
Principios Minimos Fundamentales A Favor De Los Trabajadores
  • Protección ante racionalización, tecnificación o cambio de propietarios de las empresas
9 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. CONFIRMAR la providencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, D.C. (expediente T-191784), en cuanto concedió el amparo invocado por JORGE HERNANDO MONTES.
  2. Se modifican los alcances prácticos de tal providencia, en el sentido de ordenar a "CODENSA S.A." que reintegre al peticionario a su planta de personal, sin desmejorarlo respecto del nivel laboral que tenía dentro de la misma, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este Fallo; que le asigne funciones acordes con su preparación; y que implemente de manera inmediata un plan de capacitación laboral en las áreas en que deba desempeñarse.
  3. Segundo. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, D.C. (expedientes T-191580 y T-194401), en cuanto denegaron el amparo invocado.
  4. En su lugar, se CONCEDE la tutela del derecho al trabajo en condiciones dignas y justas. En consecuencia, se ordena a "CODENSA S.A." que reintegre a su planta de personal, y asigne labores a MARIELA PAULA RIVERA y PEDRO IGNACIO PATIÑO MORENO, teniendo en cuenta su preparación y capacidad laboral, sin desmejorarlos respecto de su vínculo anterior.
  5. La empresa implementará de inmediato, para los trabajadores en mención, un plan de capacitación laboral en las áreas en que deban desempeñarse.
  6. Tercero. REVOCAR la Sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá (expediente T-191589) en el caso de LUIS EDUARDO QUIROGA TERE, ordenando en su lugar a la empresa demandada que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, señale funciones al trabajador, ubicándolo, sin desmejorarlo, en un cargo acorde con su preparación. En todo caso, de manera inmediata cesarán las actividades de hostigamiento al demandante y se implementará un programa de capacitación laboral que le permita desempeñar a cabalidad las labores que le correspondan.
  7. Cuarto. El cumplimiento de lo que aquí se dispone queda bajo la responsabilidad directa del Gerente y representante legal de "CODENSA S.A.".
  8. Quinto. El desacato a lo ordenado se sancionará en los términos del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  9. Sexto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.