T-247 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Luis Alejandro Villareal Ortiz Y Otros Vs. Tribunal Contencioso Administrativo Del Tolima
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Causales genéricas de procedibilidad se convierten en una instancia adicional no prevista en el debido proceso
- Improcedencia
- Aspectos que comprende
- Juez debe adoptar las medidas de saneamiento que sean necesarias para subsanar vicios que puedan impedir decisión de fondo
- Está prevista como causal de nulidad y puede ser saneada
- Se deja sin efecto sentencia y se ordena poner en conocimiento de la Fiscalía la causal de nulidad encontrada
- Corresponde de manera general al Director Ejecutivo de Administración Judicial y de manera especial al Fiscal General de la Nación
- Interpretación del artículo 149 del C.C.A
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia dentro del tramite de demanda de reparacion directa contra la nacion rama judicial direccion ejecutiva de administracion judicial por la detencion preventiva en un caso de homonimia en que se dispuso declarar extinguida la accion penal y lalibertad inmediata e incondicionada del capturado por la decision del tribunal de disponer la falta de legitimacion aduciendo que no era la rama judical la que debio haber sido demandada sino la fiscalia general de la nacion que fue la que determino la injusta privacion de la libertad.solicta se ordene rehacer el fallo aceptando la legitimacion en la causa por pasiva y de manera subsidiaria se ordene la notificacion de la fiscalia general de la nacion.procedencia de la accion de tutela.
En el presente caso se ha planteado que con la decision que se cuestiona el tribunal incurrio en graves defectos de caracter sustantivo y procedimental.
Representacion legal de la nacion - rama judicial.
En la actualidad la representacion de la nacion - rama judicial en los procesos judiciales corresponde por separado al director ejecutivo de administracion judicial y al fiscal general de la nacion.
Al primero de manera general para todos los asuntos que conciernen a la rama judicial salvo la representacion especial que ejerce el fiscal en aquellos asuntos que se relacionen directamente con la fiscalia general de la nacion.
Legitimacion en la causa por pasiva en los procesos contra la nacion.concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo de 31 de agosto de 2006 de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmó el fallo del 12 de octubre de 2006 de la Sección Cuarta de la misma corporación, y, en su lugar, CONCEDER el amparo solicitado.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTO la Sentencia del 16 de diciembre de 2005 del Tribunal Administrativo del Tolima dictada en el proceso de reparación directa iniciado por los actores y disponer que en su lugar, en los términos del artículo 145 del Código de Procedimiento Civil, se ponga en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación la causal de nulidad detectada, por auto que se le notificará como se indica en los numerales 1º y 2º del artículo 320 del mismo Código. Si dentro de los tres días siguientes al de notificación la Fiscalía no alega la nulidad, la misma se entenderá saneada y el proceso continuará su curso con miras a su definición mediante sentencia que decida de fondo sobre las pretensiones de los demandantes. De alegarse la nulidad, la misma se decretará con efecto sobre la actuación posterior a la contestación de la demanda por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y se dispondrá vincular como representante de la parte demandada a la Fiscalía General de la Nación.
- TERCERO. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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