T-195 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Fabio Yule Dagua·Respondent Secretaria Departamental De Salud Del Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Secretaría de Salud Departamental tiene obligación de velar porque el examen requerido por el tutelante sea efectivamente practicado
- Práctica de examen médico de participante vinculado al Sistema de Seguridad Social en Salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud e integridad personal de participante vinculado en el sistema de seguridad social en salud a quien la entidad no le practica un examen de angiografia por la perdida progresiva de la vision en su ojo izquierdo.<br>solicita se ordene la practica del examen en cuestion.<br>la entidad demandada tiene la obligacion de velar no solamente por que el examen requerido sea efectivamente practicado, sino que, adicionalmente, debe proveer todos los medios necesarios para una asistencia medica adecuada ademas de informar al actor sobre las entidades y tramites para acceder a los procedimientos medicos que resulten necesarios frente al diagnostico de su estado de salud.<br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Santander de Quilichao y en su lugar conceder la tutela del derecho a la salud en conexidad con la integridad personal de Fabio Yule Dagua.
- Segundo. Ordenar a la Secretaría Departamental de Salud del Cauca que si aún no lo ha hecho, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, ordene el examen prescrito por el médico tratante denominado angiografía ambos ojos e indique a Fabio Yule Dagua cuál institución hospitalaria pública o privada lo realizará de conformidad con los contratos suscritos.
- Tercero. Ordenar a la Secretaría Departamental de Salud del Cauca que, a partir de la notificación de la presente sentencia, acompañe a Fabio Yule Dagua en todo el proceso de obtención de la atención médica que requiera a partir del diagnóstico de la patología que padece.
- Cuarto. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Santander de Quilichao notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.