T-174 de 1997
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Jose Orlando Abril
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Pago de salarios por efectiva prestación de servicios
- Pago en tiempo que no se había posesionado
- Pago salarios por trabajar antes del nombramiento y posesión
- Amenaza del mínimo vital y morosidad justicia ordinaria
- Disponibilidad o inicio trámite de adición
- Autorización de trabajar antes de nombramiento y posesión
- Ejecución de labores de manera anticipada
- Inalienabilidad
- Pago por inicio de labores
- Debe ser remunerado
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCASE el fallo proferido el 24 de septiembre de 1996 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, por medio del cual negó el amparo solicitado por el peticionario.
- Segundo. CONCEDESE la tutela de los derechos fundamentales a la vida y al trabajo en condiciones dignas y justas y, en consecuencia, ORDENASE al Fondo Educativo Regional, FER, Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, pagar a JOSE ORLANDO ABRIL, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, lo correspondiente, según la ley, al período trabajado antes de su posesión, siempre que exista partida presupuestal suficiente. De no existir dicha disponibilidad, las cuarenta y ocho horas se conceden para que el Fondo inicie los pertinentes trámites para la adición presupuestal indispensable, con el objeto de que al trabajador se le cancelen la totalidad de los salarios adeudados, a más tardar en el término de dos meses.
- Las sumas debidas al trabajador deberán ser indexadas en los términos señalados por esta Corte en Sentencia C-448 del 19 de septiembre de 1996.
- Tercero. NO CONCEDER la tutela en relación con el derecho de petición.
- Cuarto. SURTASE el trámite previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.