T-150 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Maximo Wilches Puentes Y Otro·Respondent Fondo Nacional De Vivienda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- El subsidio de vivienda debe darse por Fonvivienda
- Concepto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Dignidad humana, vida digna, igualdad, vivienda digna, demás derechos de la población desplazada.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
Los actores son victimas del desplazamiento forzado, solicitaron un subsidio de vivienda ante la entidad accionada, pero este les fue negado por ser propietarios de un predio, alegan que dichos predios se encuentran ubicados en el municipio del cual fueron desplazados.
La Sala se pronuncia sobre la acción de tutela como mecanismo de protección de los derechos fundamentales de la población desplazada, derecho a la vivienda digna de la población desplazada, se concluye que las razones para rechazar el otorgamiento de los subsidios son infundadas, así las cosas los actores sí cumplían con los requisitos exigidos para ser beneficiarios del mismo, se ordena ubicar a los actores en el lugar dentro del orden de asignación respectivo.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR en el expediente T-2377918 la sentencia dictada en julio 2 de 2009 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, mediante la cual confirmo la denegacion del amparo proferida por el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota, en fallo de junio 23 de 2009; y en el expediente T-2437809, REVOCAR la sentencia unica de instancia adoptada en septiembre 10 de 2009 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota.
- Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR el derecho a la vivienda digna de los desplazados Maximo Wilches Puentes (expediente T-2377918) y Jose Uriel Cifuentes Atehortua (expediente T-2437809), y de sus respectivos nucleos familiares.
- Tercero. En consecuencia, ORDENAR al Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, por intermedio de su Directora Ejecutiva o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro del termino maximo de tres (3) dias, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, ubique a los actores Maximo Wilches Puentes (T-2377918) y Jose Uriel Cifuentes Atehortua (T-2437809), en el lugar dentro del orden de asignacion de subsidio de vivienda para desplazados que les habria correspondido de ser aprobadas sus peticiones en la primera oportunidad en que fueron analizadas. En todo caso, los subsidios deberan ser puestos a disposicion del respectivo beneficiario en un termino no superior a tres (3) meses contados a partir de la notificacion de esta providencia, sin establecer sobre ellos cargas que por su condicion esten en imposibilidad de asumir.
- Cuarto. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.