T-123 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Nicklas·Respondent Unidad Nacional De Proteccion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Advertir a la Unidad Nacional de Protección para que no retire las medidas de protección asignadas al accionante y frente a los casos que se presenten a futuro
- Alcance constitucional
- Demandante debe probar al menos sumariamente hechos que demuestren o permitan deducir que se encuentra expuesto a una amenaza
- Procedimiento ordinario de medidas de seguridad adoptadas por la Unidad Nacional de Protección de acuerdo al Decreto 1066 de 2015
- Precisión de la escala de riesgos y amenazas para brindar protección especial por parte del Estado, fijada en sentencia T-339 de 2010
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante, quien se desempeña como periodista y comunicador social, considera vulnerados sus derechos en razón a que la entidad demandada realizó un desmonte irregular e injustificado de su esquema de seguridad y no tuvo en cuenta diversos aspectos que según él, agravan su situación de riesgo.
Argumenta así mismo, que al momento de interponer la acción de tutela se encuentra sin medidas de protección y solicita se ordene a la Unidad Nacional de Protección (UNP), que restablezca su esquema de seguridad en las mismas condiciones que tenía, es decir, un vehículo blindado, dos unidades de escoltas y un medio de comunicación, por un término de doce meses dado su trabajo de periodismo investigativo en defensa de los derechos humanos.
La Sala considera que si bien la seguridad personal se constituye como un derecho fundamental, la protección del mismo se encuentra sometida al resultado de estudios técnicos que determinen el grado o nivel de riesgo de la persona y varía según el contexto en que se solicite.
SE NIEGA la acción de tutela y se advierte a la entidad demandada que no puede dejar ningún periodo de tiempo o retirar las medidas de protección asignadas, sin antes obtener el resultado del nivel de riesgo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado Catorce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota del 13 de marzo de 2018, que declaro improcedente el amparo invocado por el senor Nicklas. En su lugar,
- SEGUNDO. NEGAR la accion de tutela interpuesta por el senor Nicklas, en los terminos senalados en la presente providencia.
- TERCERO. ADVERTIR a la Unidad Nacional de Proteccion para que no retire las medidas de proteccion asignadas al accionante, sin antes obtener el resultado del nivel del riesgo. Es decir, que tanto para el caso en concreto, como para los que a futuro resuelva la entidad, esta debera dar cumplimiento estricto al termino de 30 dias para la elaboracion dicho nivel, previsto en el numeral 3deg del articulo 2.4.1.2.35, del Decreto 1066 de 2015.
- CUARTO. LIBRESE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.