T-1147 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Isabel Roa Pereira·Respondent Seguro Social Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Autorización del cambio de procesador del implante coclear a menor de edad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud de menor de edad afiliada a la empresa accionada a quien se le ha negado la actualización de un servicio de salud consistente en el reemplazo de la parte externa del implante coclear, debido a que éste fue ordenado por una compañía de medicina, más no por un profesional adscrito a ésta. <br>por su parte, el médico encargado sostuvo que el informe presentado por dicha compañía era suficientemente esclarecedor para estimarse la urgencia del tratamiento en cuestión. <br>así, probado lo imprescindible de la autorización y en seguimiento de la jurisprudencia constitucional al respecto, se ordenó a la entidad accionada proteger el derecho a la salud de la menor y autorizar el cambio del suministro que requiere. <br>concedida <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Revocar la sentencia del 22 de julio de 2008 del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, proferida dentro del presente y proceso, y en su lugar, tutelar el derecho a la salud de Carolina Murcia Roa.
- Segundo. Ordenar al Seguro Social EPS, por medio de la Secretaria General, que si aún no lo ha hecho, autorice el cambio de procesador del implante coclear, así como de todos aquellos servicios adicionales, indispensables para efectuar adecuadamente tal cambio, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente sentencia. En caso de que los servicios de salud prestados en virtud de esta orden no se encuentren incluidos en el POS, el Seguro Social puede repetir contra la accionante, la madre de la menor. En caso de que la señora Isabel del Carmen Roa Pereira carezca de la capacidad económica de asumir el costo del servicio, lo podrá demostrar ante el Juez de primera instancia (el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Bogotá), quien reconocerá tal situación y la posibilidad de que la EPS recobre el costo de los servicios ordenados en la presente sentencia, en la medida en que corresponda, al Fosyga.
- Tercero. El Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Bogotá notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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