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Tutela ruling (T)November 14, 2008

T-1133 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Córdoba Triviño

✓Claimant Alejandra En Representación De Laura·Respondent Saludvida Eps Y Dirección Seccional De Salud De Antioquia

✓
Topic · hard data
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Deber de la EPS de suministrar a menor de edad todos aquellos procedimientos, servicios médicos o medicamentos excluidos del POSS ordenados por los médicos tratantes
Derecho A La Salud
  • Orden de atención del médico tratante
  • Procedimientos y servicios que están fuera del POS deberán ser cubiertos por los entes territoriales correspondientes
Entidad Promotora De Salud
  • Sanción a las EPS cuando no han prestado oportunamente el servicio de salud fuera del POS-POSS y éste ha sido concedido mediante tutela
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Vulneración cuando se niega el suministro de un medicamento o servicio médico que se requiera con necesidad tanto en el régimen contributivo o subsidiado
5 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la salud de afiliada a la empresa accionada a quien presenta nun diagnóstico presuntivo de retardo en el desarrollo del lenguaje, para cuya recuperación se le prescribió un tratamiento consistente en potenciales evocados auditivos, logoaudimetría, audiometría comportamental y consulta de cirugía maxilofacial.

La empresa accionada se ha negado a su autorización en vista de su exclusión del pos. <br>reiteración jurisprudencial sonre medicamentos, servicios médicos o tratamietos excluidos del pos.

Para la inaplicación de la regulación del plan obligatorio de salud y la correpondiente autorización de servicios no cubiertos en el mismo, es menester probar que (i) la falta del servicio vulnere o amenace los derechos a la vida, la integridad física o la salud del paciente; (ii) éste no pueda ser sustituido por uno incluido en el pos; (iii) dicha prestación fue prescrita por un profesional de la salud adscrito a la empresa accionada y (iv) el o la paciente no pueda asumir su costo. <br>reiteración jurisprudencial.

El tratamiento integral para servicios médicos, tratamientos o medicamentos no incluidos en el pos. <br>en virtud del principio de integralidad propio del sistema de salud, en los eventos en que se requiera la concesión de servicios excluidos del pos, deviene necesaria la disposición del tratamiento intregral para la superación de la patología. <br>en vista de la complicada condición de la menor y lo imperioso de la recepción de un tratamiento global para el mejoramiento de la misma, se ordenó su valoración por un grupo interdisciplinario, la prestación de los servicios especializados para su afección y de los demás que sea menester otorgar para su recuperación. <br>concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. CONFIRMAR la decisión proferida por el Juzgado
  2. Décimo. Civil del Circuito de Medellín, que resolvió la acción de tutela promovida por Alejandra, en representación de Laura, contra SALUDVIDA S.A. EPS y la Dirección Seccional de Salud de Antioquia, por los motivos expuestos en esta providencia.
  3. Segundo. ORDENAR al representante legal de SALUDVIDA S.A. EPS, que dentro del perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación personal del presente fallo, conforme un grupo interdisciplinario de médicos para que evalúen el caso de Laura a fin de determinar el tratamiento a seguir para el restablecimiento físico y psicológico de la menor. En particular, el grupo interdisciplinario mencionado debe confirmar, descartar o modificar el tratamiento prescrito a Laura por la Fundación Lucerito.
  4. En el evento en que la EPS SALUDVIDA S.A. no cuente dentro de su red contratada con una institución que pueda prestar los servicios especializados para el tratamiento físico y psicológico de la menor, deberá contratarlos, al menos para atender el caso concreto siguiendo lo dispuesto por el grupo interdisciplinario.
  5. Tercero. ORDENAR al representante legal de SALUDVIDA S.A. EPS, que suministre a Laura, todos aquellos procedimientos, servicios médicos o medicamentos excluidos del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, ordenados por los médicos tratantes y que llegare a necesitar para atender el retardo en el desarrollo del lenguaje, así como aquellos orientados a mejorar su condición psicológica, dentro de los cinco días siguientes a su formulación.
  6. Cuarto. ADVERTIR a SALUDVIDA S.A. EPS que podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) por los gastos en que incurra en el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia y que no estén cubiertos por el POSS, observando para tal fin lo decidido en la sentencia C-463 de 2008.
  7. Quinto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.