T-1036 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Erica Lisset Cespedes Arevalo·Respondent Esp Sura
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Importancia del reconocimiento y pago de la licencia como medio de protección de la madre y del recién nacido
- Reglas jurisprudenciales en relación con el pago completo o proporcional según las semanas cotizadas durante el periodo de gestación
- Reglas para que proceda el pago por tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, vida digna.
La accionante solicita el pago de su licencia de maternidad el cual le fue negado por no cumplir con los periodos mínimos de cotización de forma completa e ininterrumpida.
La Sala se pronuncia sobre la protección constitucional especial de la mujer en estado de embarazo y en la época posterior al parto, la procedencia de la acción de tutela para reclamar el pago de licencias de maternidad, la exclusión de la aplicación del periodo mínimo de cotización durante la gestación como mecanismo de protección constitucional, se decide dar aplicación directa a los artículos 43 y 50 de la Constitución, y se decide ordenar a la EPS Sura efectuar el pago proporcional a la licencia de maternidad a favor de la accionante y su menor hijo.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 7 de julio de 2010, por el Juzgado Cuarenta y Tres Civil Municipal de Bogotá, dentro de la acción de tutela iniciada por la señora Erica Lisset Céspedes Arévalo contra la EPS Sura. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la dignidad humana y mínimo vital.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS. Sura, efectuar el pago proporcional de la correspondiente licencia por maternidad en un lapso no mayor a 48 horas desde la notificación de esta Sentencia.
- TERCERO. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.