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Tutela ruling (T)October 16, 2008

T-1017 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Córdoba Triviño

✓Claimant Nínive Gahona Molano·Respondent Computec -División Datacredito Y Asobancaria- Central De Información Financiera-Cifin-

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al habeas data puesto que las entidades demandadas han mantenido en las centrales de riesgo el reporte financiero negativo e incorporaron su información personal en el banco de datos sin contar con su consentimiento, a pesar de estar al día en sus obligaciones comerciales con las sociedades con las que había adquirido créditos.

Principio de caducidad y permanencia del dato financiero negativo.

Consentimiento como expresión concreta del principio de libertad en la administración de datos personales.

Responsabilidad de los agentes que intervienen en la administración de datos personales de contenido crediticio, frente a la protección del principio de libertad.

Para el caso concreto, se tiene que el término de permanencia de la información financiera negativa ha caducado, de tal forma que las centrales de información deben excluir los datos negativos de los bancos de datos.

De otra parte, también se requiere la autorización para la inclusión del dato personal, so pena de vulnerar el principio de libertad.

Concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR, el fallo proferido el 15 de abril de 2008 por el Juzgado Doce Civil Municipal de Cali (Valle del Cauca) y, en su lugar, TUTELAR el derecho al hábeas data de la ciudadana Nínive Gahona Cruz.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a los representantes legales de los operadores de información personal Computec S.A. - División Datacrédito y Asobancaria, Central de Información Financiera - Cifin, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, eliminen la información financiera negativa del historial crediticio de la actora, que reposa en los bancos de datos administrados por ellas.
  3. TERCERO. ORDENAR a los representantes legales de los operadores de información personal Computec S.A. - División Datacrédito y Asobancaria, Central de Información Financiera - Cifin, que dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esta sentencia, soliciten y obtengan de las fuentes de información comercial y financiera, contenida en sus bancos de datos y concerniente a la ciudadana Nínive Gahona Molano; prueba de la autorización prestada para la inclusión de sus datos personales en las centrales de riesgo crediticio. En caso que las entidades demandadas omitan el cumplimiento de esta orden, las fuentes de información manifiesten que no se contó con dicho consentimiento, o la finalidad autorizada difiera de los objetivos propios de la evaluación del riesgo crediticio, los operadores de información personal Computec S.A. - División Datacrédito y Asobancaria, Central de Información Financiera - Cifin, deberán eliminar el historial crediticio de la actora, relativo a las fuentes de información que pretermitieron el requisito de consentimiento.
  4. CUARTO. En los términos fijados por el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, el Juez Doce Civil Municipal de Cali ejercerá las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las órdenes de protección descritas en los numerales anteriores.
  5. QUINTO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.