T-053 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Jesus Antonio Gomez Agudelo Y Otros Vs. Direccion Seccional De Salud De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedimiento declarado urgente no constituye necesariamente una urgencia
- Obligación de las entidades territoriales
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Revocar parcialmente el fallo proferido por Juzgado 13 Civil Municipal de Medellín en el proceso T-485045, mediante sentencia del dieciséis (16) de junio de dos mil uno (2001) y en su lugar conceder la tutela, para proteger el derecho a la salud de Jesús Antonio Gómez Agudelo, también contra la Dirección Seccional de Salud de Antioquia.
- Segundo. Revocar el fallo proferido por Juzgado 17 Penal Municipal de Medellín en el proceso T-492107, mediante sentencia del veintinueve (29) de junio de dos mil uno (2001) y en su lugar conceder la tutela para proteger el derecho a la salud de Tiberio César Córdoba Madrigal.
- Tercero. Revocar el fallo proferido por Juzgado 9 Civil Municipal de Medellín en el proceso T-502557, mediante sentencia del diecisiete (17) de julio de dos mil uno (2001) y en su lugar conceder la tutela para proteger el derecho a la salud de Luis Ángel Londoño Corrales.
- Cuarto. Ordenar a la Dirección Seccional de Salud de Antioquia que en el término de cuarenta y ocho (48) horas les brinde a Jesús Antonio Gómez Agudelo, a Tiberio César Córdoba Madrigal y a Luis Ángel Londoño Corrales la información que requieren para saber cómo funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos y les indique específicamente cuál es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de atenderlos; la Dirección Seccional también deberá acompañarlos durante dicho proceso, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.
- Quinto. Desacumular los expedientes de la referencia, con el fin de que la Secretaría General haga el envío de cada uno a los respectivos despachos judiciales.
- Sexto. Librar, por medio de la Secretaría General, las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.