C-015A de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Insistencia de las Cámaras como presupuesto de procedibilidad
- Justificación del mecanismo
- Inclusión del costo fiscal de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional en el proyecto
- Participación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se limitó a pedir al Congreso que analice las consecuencias fiscales del proyecto sin aportar los estudios técnicos que le corresponden
- Requisito de análisis de impacto fiscal compatible con Marco Fiscal de Mediano Plazo
- Autorización al gobierno nacional para incluir partidas presupuestales no entraña mandato imperativo
- Archivo del proyecto por discrepancias de las Cámaras
- Términos para formularla en días hábiles
- Efectos de cosa juzgada relativa
- Procedencia ante imposibilidad de realizar análisis del trámite surtido por ausencia de material probatorio
- Ausencia de razones por parte del Ejecutivo sobre el impacto fiscal y su viabilidad no vician trámite legislativo
- Fue considerado por el Congreso en la medida que se dejo constancia que se proponía un gasto único y excepcional
- Cumplimiento no puede quedar supeditado a voluntad del Gobierno
- Carácter obligatorio
- Término máximo de dos legislaturas para insistir las cámaras
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Objeciones presidenciales al proyecto de ley n° 72/06 senado, 231/07 cámara, "por la cual la nación se vincula a la celebración de los treinta (30) años de existencia jurídica de la univeridad de la guajira y ordena en su homenaje la construcción de algunas obras". <br>las acusaciones del gobierno nacional se centran en la supuesta inobservancia del artículo 151 constitucional por la omisión en la realización de la evaluación del marco fiscal de mediano plazo, de conformidad con lo exigido en el artículo 7 de la ley orgánica 819 de 2003. <br>interpretación del artículo 7° de la ley 819 de 2003.
Reiteración jurisprudencial.
En reiterada jurisprudencia constitucional se ha sostenido que las objeciones que el gobierno presente contra un proyecto de ley que disponga la inclusión de un gasto público en el presupuesto general de la nación con fundamento en su abstención en la realización del análisis financiero en cuestión, se tienen como infundadas, si se constata que las ponencias de las cámaras incluyeron elementos de juicio que permitieran evaluar el costo e impacto fiscal del proyecto. <br>además, se insistió en que la falta de participación activa por parte del ministerio de hacienda y crédito público en la presentación del precitado informe, no puede comportar un requisito imprescindible para la aprobación de un proyecto. <br>precisamente, situación análoga acaeció en el caso sub iudice, por lo cual, se encontraron infundadas las objeciones presidenciales. <br>exequible. <br>
What it decided
Holdings on Proyecto_ley 72/06. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. Declarar INFUNDADA la objeción formulada por el Gobierno Nacional contra el artículo 2º del proyecto de ley N. 72/06 Senado, 231/07 Cámara, "por la cual la Nación se vincula a la celebración de los treinta (30) años de existencia jurídica de la Universidad de La Guajira y ordena en su Homenaje la construcción de algunas obras".
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, exclusivamente respecto de las objeciones formuladas, y en los aspectos analizados en esta sentencia, se declara la EXEQUIBILIDAD del artículo 2º del proyecto de ley N. 72/06 Senado, 231/07 Cámara.
- Tercero. Advertir que, en los términos de la parte motiva de esta providencia, en relación con el trámite de las objeciones presidenciales cabe que los ciudadanos, si encuentran motivo para ello, ejerzan la acción pública de inconstitucionalidad, dentro del término de caducidad previsto en el artículo 242, numeral 3º, de la Constitución.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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