T-982 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Jesús María Vergara Hernández·Respondent Municipio De Sincé Sucre
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se deben tener en cuenta las semanas cotizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993
- Caso en que se dan los requisitos y debe reconocerse
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la seguridad social, indemnización sustitutiva, mínimo vital y petición, debido a que el peticionario de 82 años elevó petición al municipio accionado con el fin de que le fuera reconocida la indemnización sustitutiva, pues laboró como chofer de volqueta municipal por 17 años.
Circunstancia que fue certificada por el municipio.
El 1 de octubre de 2007, el municipio pone de presente que no puede reclamar la indemnización establecida en la ley 100 de 1993, ya que su última vinculación con el municipio data de 1992 y para esa época la disposición no estaba vigente, no siendo posible aplicarla con efectos retroactivos.
La corte considera que que quienes alcanzan la edad y no pueden acceder a la pensión mínima por no completar el tiempo de servicio, tiene derecho a una compensación económica y ello no depende si se cotizó en vigencia de la disposición o con antelación a ésta, pues lo que el art. 37 de la ley 100 de 1993 toma en consideración son las condiciones fácticas que impiden a los sujetos mantener su vinculación al sistema, hasta completar las condiciones que dan derecho a las prestaciones por vejez y sobrevivientes.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Since Sucre, el 27 de noviembre del ano 2007, para, en su lugar, CONFIRMAR el fallo adoptado por el Juzgado Promiscuo Municipal de la misma localidad el 9 de octubre del mismo ano, que concede al senor Jesus Maria Vergara Hernandez la proteccion constitucional de sus derechos fundamentales a la seguridad social y a la proteccion de la tercera edad, en conexidad con el derecho a la vida digna.
- En consecuencia, el Alcalde del municipio de Since si aun no lo ha hecho, en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al recibo de la comunicacion que lo notifique de esta decision, se pronunciara sobre el derecho del actor a la indemnizacion sustitutiva prevista en el articulo 37 de la Ley 100 de 1993, esta vez con sujecion a las previsiones constitucionales y legales que rigen la materia.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.