T-802 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Fernando Alberto Rey Cruz·Respondent Colmedica Medicina Prepagada
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden de exclusión de preexistencia
- Improcedencia general
- Procedencia excepcional por vulneración de un derecho fundamental
- Exclusión de preexistencias previa, expresa y taxativamente
- Exclusiones y preexistencias
- Vulneración por Empresa al incluir preexistencia de gastritis crónica de forma unilateral posterior a la celebración del contrato
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El demandante solicita que se amparen sus derechos fundamentales a la salud y al habeas data que considera vulnerados por COLMEDICA, en tanto se negó a excluir del contrato de medicina prepagada suscrito entre ellos una preexistencia que fue incluida unilateralmente durante la vigencia del vínculo contractual y no al inicio del mismo y porque también se negó a expedir una certificación sin el registro de dicha preexistencia.
Lo anterior, alega, le generó una barrera infranqueable para acceder a los servicios de salud y pretender suscribir nuevo contrato con otra entidad.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la improcedencia de la acción de tutela ante controversias surgidas de contratos de medicina prepagada y sobre las exclusiones por preexistencia en dichos contratos.
Se TUTELAN los derechos al habeas data y a la confianza legítima y se ordena a la accionada excluir definitivamente la enfermedad establecida como preexistencia, en cuanto al contrato de medicina prepagada celebrado con el actor, a quien le debe prestar, en las condiciones pactadas, todos los servicios médicos que se deriven de ese contrato mientras se encuentre vigente y sin perjuicio de la continuidad a que hubiere lugar.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en abril 22 de 2013 por el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogota, que en su momento confirmo el dictado en marzo 13 del mismo ano por el Juzgado 2o Civil Municipal de dicha ciudad, negando el amparo pedido por el senor Fernando Alberto Rey Cruz, a quien, en su lugar, se dispone TUTELAR los derechos al habeas data y la confianza legitima.
- Segundo. ORDENAR a Colmedica Medicina Prepagada, por conducto de su representante legal o quien al efecto haga sus veces que, si aun no lo ha efectuado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, excluya definitivamente la gastritis cronica como preexistencia, en cuanto al contrato de medicina prepagada celebrado por dicha empresa con el senor Fernando Alberto Rey Cruz, identificado con cedula de ciudadania Ndeg 79.839.265 de Bogota, a quien debe prestarle, en las condiciones pactadas, todos los servicios medicos que se deriven de ese contrato, mientras se encuentre vigente y sin perjuicio de la continuidad a que hubiere lugar.
- Tercero. Por Secretaria General de esta corporacion, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.