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Tutela ruling (T)December 10, 2015

T-756 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Julian Dario Maya Gallego·Respondent Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Combita

✓
Topic · hard data
Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad. Trabajo Carcelario No Debe Exceder 8 Horas Diarias, Ni 48 Semanales.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Trabajo Carcelario
  • Jornada laboral
  • Cumple un fin resocializador y es un elemento dignificante que permite al condenado redimir su pena
  • Improcedencia de tutela por cuanto al actor le fue garantizado su descanso los días dominicales y su jornada laboral que incluía días festivos fue debidamente autorizada por el director del establecimiento
  • Remuneración
  • Riesgos laborales
Pena De Restriccion De La Libertad
  • Tiene como principal función lograr la resocialización de los reclusos
2 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor se encuentra cumpliendo una pena privativa de la libertad, producto de una condena penal impuesta en su contra.

A él le otorgaron una autorización para que, con las debidas medidas de seguridad, adelantara un trabajo penitenciario en el área de manipulación de alimentos, hasta por ocho horas diarias, de lunes a sábado, incluidos días festivos, en la jornada de trabajo establecida por el centro carcelario demandado.

Luego de ser diagnosticado con varias patologías, el médico tratante le hizo unas recomendaciones y le otorgó una incapacidad.

De manera posterior, fue reubicado laboralmente.

Con la acción de tutela se pretende el pago de las horas extras laboradas, de la incapacidad adeudada y de los respectivos recargos dominicales y festivos.

Así mismo, el pago de la indemnización a que haya lugar con ocasión de la enfermedad profesional que lo está aquejando.

Se analizan temática relacionada con la remuneración, la jornada laboral y los riesgos laborales en el trabajo penitenciario.

Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado.

Se advierte al INPEC que debe adelantar un estricto control para verificar que la jornada laboral de las personas privadas de la libertad no supere bajo ninguna circunstancia, las 8 horas diarias y las 48 semanales.

Igualmente, para que las incapacidades que sean prescritas a los internos en ejercicio de su actividad laboral, sean remuneradas conforme a las normas legales o reglamentarias sobre la materia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas en esta providencia la sentencia de tutela proferida el 11 de junio de 2015 por la Sala Cuarta de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, que a su vez confirmó la sentencia del Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de la misma municipalidad suscrita el 17 de abril del año en curso.
  3. Segundo. ADVERTIR al INPEC que: (i) debe adelantar un estricto control para verificar que en efecto la jornada laboral para las personas privadas de la libertad no supere, bajo ninguna circunstancia, las ocho horas diarias y las cuarenta y ocho horas semanales, pues la labor que realice un recluso por fuera de la jornada laboral atrás señalada carece de reconocimiento y, en ese sentido, deviene en una afectación a las garantías del interno y en una violación al reglamento del trabajo penitenciario; y (ii) le corresponde verificar que las incapacidades que sean prescritas a los internos en ejercicio de su actividad laboral, sean remuneradas conforme a las normas legales o reglamentarias sobre la materia.
  4. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.