T-548 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Felipa Jimenez De Rodriguez·Respondent Registraduria Especial De Tunja Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional de acción de tutela
- Para solicitar reintegro al cargo
- Estado debe garantizar una vejez digna y plena al finalizar vida laboral
- Causal de desvinculación de cargos públicos
- Improcedencia por cuanto no se configura perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Trabajo, vida digna, debido proceso.
La accionante fue retirada del servicio, por haber cumplido con la edad de retiro forzoso, sin tener los requisitos para acceder a la pensión de vejez.
La Sala se pronuncia sobre la edad de retiro forzoso como causal de desvinculación de cargos públicos, la procedencia de la acción de tutela para debatir actos administrativos de contenido particular y concreto, específicamente para obtener el reintegro del cargo, la protección constitucional al mínimo vital y a la seguridad social de los adultos mayores, se encuentra que en el presente caso no se configura un perjuicio irremediable ya que la señora posee un local comercial, del cual percibe ingresos y se encuentra afiliada a Saludcoop como beneficiaria de su hijo, el amparo en el presente caso no es procedente porque no cumple con los requisitos exigidos para el efecto, además no ha interpuesto la acción de nulidad y reestablecimiento del derecho correspondiente.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos en este proceso, ordenada en el Auto de fecha del tres (3) de septiembre de dos mil nueve (2009).
- SEGUNDO. CONFIRMAR, la Sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, el diecinueve (19) de marzo de 2009, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.