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Tutela ruling (T)July 18, 2014

T-538 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Fidelina Valencia De Aguirre·Respondent Ugpp

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Sustitución Pensional
  • Controversia entre cónyuge y compañera(o) permanente que alegan convivencia simultánea hasta la muerte del causante
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias en la reclamación de la sustitución pensional por parte del cónyuge y compañero (a) permanente, que aleguen convivencia simultánea hasta la muerte del causante
Pension Compartida Entre Conyuge Superstite Y Compañera(O) Permanente
  • Orden a la UGPP de reconocer de manera transitoria el derecho a la sustitución pensional a favor de la demandante y que le pague el 50%
5 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) le negó a la actora el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes reclamada en su condición de cónyuge supérstite, bajo el argumento de existir otra persona que estaba solicitando el mismo derecho en calidad de compañera permanente del causante.

Con la acción de tutela se pretende que la entidad accionada le cancele el 50% de la prestación, mientras la justicia ordinaria determina el monto de la mesada que le corresponde.

Se analiza el tema del derecho a la seguridad social y a la sustitución pensional, al igual que el referente a los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes y los beneficiarios de este derecho.

Por último, se precisan las reglas para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes entre el cónyuge supérstite y compañero(a) permanente del causante.

La Sala considera que la entidad, al ordenar la suspensión absoluta del pago de la sustitución pensional, afectó el derecho al mínimo vital de la actora.

Con el fin de evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, se CONCEDE la tutela y se ordena el pago del 50% de la prestación, mientras que la justicia ordinaria define el porcentaje correspondiente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la providencia del 22 de noviembre de 2013 proferida por el Juzgado
  2. Quinto. Civil del Circuito de Cali, que negó el amparo solicitado, y en su lugar, CONCEDER transitoriamente la tutela del derecho fundamental a la seguridad social y al mínimo vital de la señora Fidelina Valencia de Aguirre.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, que en el término de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de esta sentencia, reconozca de manera transitoria el derecho a la sustitución pensional del señor Orlando Lucas Aguirre, en favor de la señora Fidelina Valencia de Aguirre, hasta que haya un pronunciamiento definitivo por parte de la justicia ordinaria.
  4. TERCERO. PREVENIR a la actora, sobre su obligación de instaurar, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación de esta providencia, la acción ordinaria correspondiente -si aún no lo ha hecho- y actuar en el proceso de manera diligente, para disfrutar de la protección que se concede, en los términos del artículo 8º del Decreto 2591 de 1991.
  5. CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.