T-498 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Pedro Jose Posada Cardona·Respondent Coomeva Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedibilidad para exigir el pago de incapacidades laborales cuando éstas constituyen una garantía a la salud del trabajador
- Orden a la EPS de cancelar las incapacidades laborales del peticionario por cuanto ésta reconoció y aceptó pagos efectuados de manera tardía por parte de empleador
- La EPS no podrá negarse al pago de incapacidades laborales bajo el argumento de la cotización extemporánea
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, salud, seguridad social.
El actor comenta que sufrió un accidente tránsito, el cual le ocasionó fractura de fémur, por lo tanto se le expidieron 119 días de incapacidad, los cuales la entidad accionada no ha cancelado alegando que el pago de aportes se realizó de manera extemporánea.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedibilidad de la acción de tutela para exigir el pago de incapacidades laborales, la figura del allanamiento a la mora aplicada en los casos de incapacidades laborales, se evidencia que el empleador ha pagado los aporte al sistema de salud, sin embargo los ha realizado de manera tardía, pero la EPS accionada ha reconocido los pagos realizados por éste y los ha aceptado sin ninguna objeción, por lo tanto en este caso se desprende el allanamiento en mora, razón por la cual no puede negarse a reconocer las incapacidades, se decide amparar los derechos fundamentales invocados.
Concede
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el 18 de diciembre de 2009, por el Juzgado
- Sexto. Penal Municipal de Medellín, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Pedro José Posada contra Coomeva EPS y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al mínimo vital, a la salud y a la seguridad social, por las razones expuestas en la presente providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a Coomeva EPS que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, proceda a reconocer y a pagar al señor Pedro José Posada Cardona las incapacidades que le adeuda, por un total de ciento diecinueve (119) días, las cuales fueron prescritas por médicos adscritos a dicha entidad.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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