T-372 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Miguel Antonio Torres Duarte
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance
- Presupuestos bajo los cuales se origina la obligación para el Estado de reubicar a vendedores desalojados
- Conciliación del interés general con los derechos de las personas que ejercen el comercio informal
- Inexistencia de hecho consumado por continuación de consecuencias que sigue generando vulneración de derechos
- Ejercicio del comercio informal
- Inicio de actividades para reubicación de vendedor ambulante
- Presupuestos necesarios para reubicación de vendedores ambulantes
- Reubicación de desalojados
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, de fecha dos (2) de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999). En consecuencia, se concede la acción de tutela presentada por Miguel Antonio Torres Duarte contra la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar de Santafé de Bogotá.
- Para el cumplimiento de la tutela que se concede, se ordena al Alcalde Local de Ciudad Bolívar de Sanatafé de Bogotá, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a iniciar todas las actividades encaminadas a lograr que el actor tenga un sitio en donde desarrollar el trabajo que realizaba en el lugar de donde fue desalojado, servicio de montallantas. En cuanto al derecho a la vivienda, por las razones expuestas, sólo se instará al Alcalde que como lo hizo anteriormente, remita al demandante a la Caja de Vivienda Popular, pero, en esta ocasión, deberá estar pendiente de que tal diligencia no se convierta sólo en el cumplimiento de un requisito, sino que la solicitud tenga una respuesta afirmativa o negativa, pero de fondo.
- Segundo. Por Secretaría General, enviar copia de esta sentencia a la Defensoría del Pueblo, con el fin de que preste toda la colaboración para el cumplimiento de lo que se ordena en esta tutela que se concede.
- Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.