T-367 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Olga Lucia Pizarro Medina Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No puede cuestionar el hecho de estudiar en institución no formal para acceder a pensión de sobrevivientes
- Igual protección a la educación formal y no formal
- Imposibilidad de las entidades públicas o privadas de excluir a quienes cursan programas de educación no formal
- Vulneración por exigir certificación de estudios en institución formal para acceder a la pensión de sobrevivientes
- Calidad de estudiante no puede predicarse solo de estudiantes matriculados en instituciones de educación formal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la educación el libre desarrollo de la personalidad y al minimo vital de beneficiaria de pension de sobrevivientes a quien la entidad le suspendio el pago de la pension por cumplimiento de la mayoria de edad desconociendo que se encuentra estudiando enfermeria.
Solicita se ordene continuar reconociendo y pagando la pension de sobrevivientes.
Requisitos para ser beneficiario de la pension de sobrevivientes.
La educación formal y la no formal se asimilan para efectos del reconocimiento de esta prestación.
Las entidades de seguridad social no pueden exigir a los beneficiarios de una pension de sobrevivientes que unicamente acrediten la calidad de estudiante de una institución de educación formal.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Cali, dentro de la acción de tutela instaurada por Olga Lucía Pizarro Medina contra el Seguro Social-Seccional Valle. En su lugar CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales de la peticionaria.
- Segundo. ORDENAR al Seguro Social -Seccional Valle- que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, proceda a reanudar el pago de las mesadas pensionales de la actora, asuma el valor correspondiente a las mesadas dejadas de cancelar y se abstenga de suspenderlas nuevamente, siempre y cuando subsistan las condiciones académicas que enmarcaron la presente acción de tutela, de acuerdo con las certificaciones que para el efecto expida la correspondiente Institución de Educación no formal, y hasta tanto se configure alguna de las causales expresamente establecidas en la ley, por las cuales se extinga el derecho en mención.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.