T-315 de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Babativa Chirivi Sandra Milena·Respondent Ministerio De Relaciones Exteriores Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procede excepcionalmente cuando la inmunidad de jurisdicción es relativa o restringida
- Jurisprudencia constitucional
- Improcedencia por cuanto el proceso disciplinario se encuentra en trámite
- No es absoluto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La solicitud de amparo fue formulada por una excontratista del Consulado de Colombia en la Ciudad de México, quien afirmó haber sido víctima de acoso laboral por parte del funcionario responsable de supervisar la ejecución de su contrato de prestación de servicios.
Adujo que, como consecuencia de lo anterior, le fue terminado el contrato de forma irregular y anticipada, sin que se le prestara ningún tipo de protección ante esta situación, pese a haber formulado varias quejas disciplinarias ante los órganos competentes.
En sede de tutela pidió que no se terminara su contrato y que se le permitiera continuar con el desarrollo de sus actividades, pero sin tener que interactuar con su agresor.
La Corte determinó que carecía de jurisdicción para resolver la controversia sobre la validez de la terminación del contrato de prestación de servicios profesionales, por cuanto la misma debía ser dirimida por los jueces de los Estados Unidos Mexicanos.
En relación con el tema del presunto acoso laboral, indicó que no se cumplió con el requisito de subsidiariedad, en tanto se acreditó que ante la Oficina de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y en la Procuraduría General de la Nación están cursando procesos disciplinarios con ocasión de las denuncias promovidas por la actora.
Se confirmaron las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE la acción de tutela deprecada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 13 de septiembre de 2023 dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca- Sección Primera- Subsección C, mediante la cual se confirmó la sentencia del 3 de agosto de 2023 proferida por el Juzgado 45 Administrativo del Circuito de Bogotá, el 3 de agosto de 2023, en primera instancia, mediante la cual se declaró improcedente la solicitud de amparo promovida por Sandra Milena Babativa Chirivi contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, por falta de jurisdicción y por incumplimiento del requisito de subsidiariedad, en los términos señalados en esta providencia.
- SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.