T-254 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Nolberto Lopez Calderon·Respondent Eps Suramericana
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por configurarse cosa juzgada constitucional
- Caso en que se le están realizando las terapias domiciliarias a la actora y está recibiendo atención domiciliaria una vez al mes
- Contenido y alcance
- Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
A través de la figura de la agencia oficiosa se interpuso una primera acción de tutela buscando la protección de un adulto mayor y pretendiendo la prestación del servicio de enfermería extra hospitalaria o de cuidador por doce horas, así como la exoneración de copagos y cuotas moderadoras y la entrega de crema anti escaras, paños húmedos y otros elementos de aseo.
En sentencia de única instancia se resolvió favorablemente y se accedieron a las pretensiones de la parte demandante.
En la presente solicitud de amparo se solicitó que, con base a lo dispuesto por la Junta Médica, se ordene el suministro de un cuidador de forma permanente, la entrega ininterrumpida de crema anti escaras y demás elementos para el aseo y la práctica de terapias físicas, ocupacionales y de fonoaudiología, tres veces por semana y de modo continuo.
Luego de hacer un riguroso análisis del asunto la Corte decidió confirmar las decisiones de instancia que declararon improcedente la acción de tutela por configurarse el fenómeno de la cosa juzgada constitucional frente algunas pretensiones formuladas en el segundo escrito, así como la carencia actual de objeto por hecho superado frente a otra petición.
A pesar de lo anterior, se previene a la accionada para que, en adelante, no se niegue a garantizar los servicios que su afiliado requiera, así como a que cumpla de forma diligente con sus obligaciones, conforme a la normativa vigente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado 12 Civil del Circuito de Bucaramanga, el 21 de enero de 2020, que, a su vez, confirmó la decisión proferida por el Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga, 19 de noviembre de 2019, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. PREVENIR a la EPS Suramericana, a través de su representante legal o quien haga sus veces, para que, en adelante, suministre de manera oportuna los servicios y tecnologías ordenados por el médico tratante, conforme a la normativa vigente, a su afiliado Nolberto López Calderón.
- LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.