JurídicoESEN
Tutela ruling (T)March 12, 2010

T-179 de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Orfelina Giraldo Navarro Y Otra·Respondent Accion Social

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Presuncion De La Buena Fe
  • Desplazados internos
Acción De Tutela
  • Orden a Acción Social de otorgar de manera completa y oportuna todos los componentes de la ayuda humanitaria de emergencia
  • Orden a Acción Social de realizar evaluación de las condiciones reales de la actora para la entrega y prórroga de la asistencia humanitaria hasta que la situación de urgencia finalice o sea superada
3 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Mínimo vital, vida digna, vivienda digna y demás derechos de la población desplazada.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Las accionantes solicitan se ordene a Acción Social brindarles las ayudas humanitarias de emergencia y demás beneficios que puedan obtener por pertenecer a la población desplazada ya que dicha entidad no les ha brindado ningún tipo de ayuda pese a situación de vulnerabilidad.

La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a la población desplazada, el principio de buena fe procesal frente a los desplazados, las circunstancias bajo las cuales la jurisprudencia ha determinado que resulta procedente la prórroga de ayuda humanitaria de emergencia cuando se trata de mujeres cabeza de familia, se ordena a la entidad accionada realizar visita domiciliaria a las demandantes y una vez comprobada su situación otorgar las ayudas humanitarias.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. En el expediente T- 2.448.853, REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Barranquilla el 21 de septiembre de 2009, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales de la senora Orfelina Giraldo Navarro y su grupo familiar.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Accion Social -Unidad Territorial Atlantico- que en el termino de cinco (5) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, se otorguen de manera completa y oportuna todos los componentes de la ayuda humanitaria de emergencia a la senora Orfelina Giraldo Navarro y su grupo familiar, si no se ha hecho, de conformidad con lo estipulado en el articulo 15 de la Ley 387 de 2007
  3. TERCERO. Una vez suministrada de la atencion humanitaria de emergencia ordenada en el numeral segundo, Accion Social procedera a evaluar si las condiciones de urgencia persisten y en caso tal, debera otorgar una prorroga de la misma hasta tanto dicha situacion de urgencia finalice o sea superada.
  4. CUARTO. En el expediente T - 2.452.567, REVOCAR la sentencia proferida el 14 de julio de 2009 por el Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Barranquilla, la cual resolvio negativamente la accion de tutuela impetrada por Angelica Maria Diaz contra Accion Social -Unidad Territorial Antioquia-, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales de la accionante y su grupo familiar.
  5. QUINTO. ORDENAR a Accion Social -Unidad Territorial Antioquia- que en el termino de cinco (5) dias a partir de la notificacion del fallo, realice una evaluacion de las condiciones reales de la senora Angelica Maria Lozano y su grupo familiar, con el fin de determinar si han sobrepasado la situacion de extrema vulnerabilidad identificada. Si se verifica que las condiciones persisten, Accion Social debera informar a la accionante sobre las circunstancias de tiempo modo y lugar para la entrega de la asistencia humanitaria, las cuales seran prorrogadas hasta que dicha situacion de urgencia finalice o sea superada.
  6. SEXTO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 11cited by 5 →T-179/10T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004T-327/01 — Derechos A La Vida Integridad Personal Libre Desarrollo De La Personalidad Salud Vivienda Y De Los Menores. Desplazamiento Forzado. Inscripc · cited 185 timesT-327/012001T-1094/04 — Derecho A Una Vida Digna De Desplazado Y Su Familia Por La Negativa De La Red De Solidaridad De Incluirlo En El Registro De Población Despla · cited 183 timesT-1094/042004T-227/97 — Proteccion Y Promocion De Los Derechos Humanos. Dignidad Humana. Der. A La Permanencia Y Circulacion. Desplazados Del Cesar. Concedida. · cited 159 timesT-227/971997T-268/03 — Derechos A La Vida Dignidad Libertad Igualdad Educacion Y Seguridad Social. Solicitud Inclusion En Registro Unico. Desplazamiento Interno Fo · cited 150 timesT-268/032003T-086/06 — · cited 149 timesT-086/062006T-563/05 · cited 147 timesT-563/052005T-098/02 — Derechos A La Salud Vivienda Trabajo Educacion Integridad Personal Y Dignidad Humana. Proteccion Al Menor. Trato Preferencial. Situacion De · cited 133 timesT-098/022002T-227/18 — Derecho A La Inscripcion En El Registro Unico De Victimas · cited 32 timesT-227/182018T-142/17 — Entrega Y Prorroga De Ayuda Humanitaria. Reglas Jurisprudenciales. · cited 20 timesT-142/172017T-004/18 — Derecho De Peticion Y Entrega De Ayuda Humanitaria A La Poblacion Desplazada · cited 15 timesT-004/182018T-419/19 — Uariv Vulnera Derecho Al Debido Proceso Y Al Reconocimiento Como Victima Al No Resolver Solicitud De Inclusión En El Ruv. · cited 6 timesT-419/192019T-732/13 · cited 5 timesT-732/132013
constitutional review unification tutela
Cites11
A. 092/08Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Victimas Del Desplazamiento Forzado Por Causa Del Conflicto Armado, En El Marco De La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Despues De La Sesion Publica De Informacion Tecnica Realizada El 10 De Mayo De 2007 Ante La Sala Segunda De Revision. Se Adoptan Medidas Comprehensivas Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas Por El Conflicto Armado Y La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Conflicto Armado Y Del Desplazamiento Forzado. Tales Medidas Consisten, Principalmente, En Ordenes De Creacion De Trece (13) Programas Especificos Para Colmar Los Vacios Existentes En La Politica Publica Para La Atencion Del Desplazamiento Forzado Desde La Perspectiva De Las Mujeres, De Manera Tal Que Se Contrarresten Efectivamente Los Riesgos De Genero En El Conflicto Armado Y Las Facetas De Genero Del Desplazamiento Forzado, El Establecimiento De Dos Presunciones Constitucionales Que Amparan A Las Mujeres Desplazadas, La Adopcion De Ordenes Individuales De Proteccion Concreta Para Seiscientas (600) Mujeres Desplazadas En El Pais, Y La Comunicación Al Fiscal General De La Nacion De Numerosos Relatos De Crimenes Sexuales Cometidos En El Marco Del Conflicto Armado Interno Colombiano. Los Riesgos De Genero En El Marco Del Conflicto Armado Colombiano. Deberes Constitucionales Inmediatos Y Urgentes Del Estado Colombiano Frente A La Situacion De Las Mujeres Desplazadas Por La Violencia. Valoracion Juridica Constitucional De Los Riesgos De Genero Especificos Y Las Cargas De Genero Extraordinarias. Medidas De Caracter General A Adoptar Para Proteger Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas De Colombia. Los Programas Aluden A La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Desplazamiento, Prevencion De La Violencia Sexual Contra La Mujer Desplazada, Prevencion De La Violencia Intrafamiliar Y Comunitaria Contra La Mujer Desplazada, Promocion De La Salud, Apoyo Y Facilitacion Del Acceso A Oportunidades Laborales Y Productivas A Las Jefes De Hogar, Apoyo Educativo A Las Mujeres Mayores De 15 Años, Facilitacion Del Acceso A La Propiedad De La Tierra, Proteccion De Los Derechos De Las Mujeres Indigenas Y Afrodescendientes Desplazadas, Promocion De La Participacion De La Mujer Y Prevencion De La Violencia Contra Mujeres Lideres En El Campo De La Promocion Social, Civica O De Derechos Humanos, Garantia De Los Derechos A La Verdad, Justicia, Reparacion Y A La No Repeticion, Acompañamiento Psicosocial Para Las Mujeres Desplazadas Y Eliminacion De Las Barreras De Acceso Al Sistema De Proteccion Por Las Mujeres Desplazadas. Paralelamente Se Establecen Dos Presunciones Constitucionales Para Que Estas Sean Aplicadas En El Ambito Del Snaipd. 1) La Presuncion Constitucional De Vulnerabilidad E Indefension Acentuada De Las Mujeres Desplazadas. 2) La Presuncion Constitucional De Prorroga Automatica De La Ayuda Humanitaria De Emergencia A Favor De Las Mujeres Desplazadas. Entre Otras Ordenes, Al Constatarse Que La Situacion De Las Mujeres, Jovenes, Niñas Y Adultas Mayores Desplazadas Por El Conflicto Armado En Colombia Constituye Una De Las Manifestaciones Mas Criticas Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Por Ser Sujetos De Proteccion Constitucional Multiple Y Reforzada Cuyos Derechos Estan Siendo Vulnerados En Forma Sistematica, Extendida Y Masiva A Lo Largo De Todo El Territorio Nacional, Se Declarara Que Las Autoridades Colombianas A Todo Nivel Estan Bajo La Obligacion Constitucional E Internacional Imperiosa De Actuar En Forma Resuelta Para Prevenir El Impacto Desproporcionado Del Desplazamiento Sobre Las Mujeres, Y Garantizar El Goce Efectivo De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Que Han Sido Afectadas Por El Desplazamiento. Se Requerira Al Fiscal General De La Nacion Para Que Rinda, Ante Esta Corte, Un Informe Detallado Sobre El Curso Que Se Le Ha Dado A La Informacion Contenida En El Documento Separado Del Que Se Le Corre Traslado, Especificando La Etapa Investigativa O De Juzgamiento En La Que Se Encuentran Los Casos Que Alli Se Relatan. Se Ordena A Accion Social Para Que Diseñe E Implemente Los Trece (13) Programas Enunciados Para Colmar Los Vacios Criticos En La Politica Publica De Atencion Al Desplazamiento Forzado. Se Adoptan Medidas Concretas Frente A Los 600 Casos Expuestos.T-086/06T-563/05Tutela of 2005T-813/04Derechos Fundamentales De Persona Sometida A Desplazamiento Forzado Siendo Administrador Del Hospital. Solicita Se Ordene Continuidad En El Reconocimiento De Los Salarios No Prestando Sus Servicios Personales. Desplazamiento Forzado. Tutela Como Medio DeT-1094/04Derecho A Una Vida Digna De Desplazado Y Su Familia Por La Negativa De La Red De Solidaridad De Incluirlo En El Registro De Población Desplazada. Solicita Se Ordene La Inclusion En El Registro Unico De Desplazados. Procedencia De La Accion De Tutela. JuriT-025/04Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion Integral. Respuesta Clara Y Oportuna. Desplazamiento Forzado Interno. Evaluacion Situacion Para Inscripcion En Sistem
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